MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA YÓLE LIMITADA

RUT 76625223-0 CVE 2817705
Capital
$2.109.603 CLP
Fecha instrumento
13 de mayo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de mayo de 2026
Repertorio
7791
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Domicilio
Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.109.603 CLP
Domicilio
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público de Santiago, Titular 34ª Notaría Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N° 359, Providencia, certificó que, ante mí, Leónidas Miguel Ortega Aravanopules, Psje. El Prado 496, San Joaquín, y Yonel Hugo Ortega Aravanopules, Varas Mena 493, San Joaquín, otorgaron escritura pública de donación y modificación de sociedad, repertorio Nº 7791, de fecha 13 mayo 2026, en virtud de la cual procedieron a modificar los estatutos de la SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA denominada “INMOBILIARIA YÓLE LIMITADA”, RUT Nº 76.625.223-0, el artículo sexto contenido en el TÍTULO SEGUNDO “Del Capital de la Sociedad y de la Responsabilidad de los Socios”, que se encuentra en la cláusula séptima titulada “ESTATUTOS INMOBILIARIA YÓLE LIMITADA”, el que se suprime y reemplaza por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de DOS MILLONES CIENTO NUEVE MIL SEISCIENTOS TRES PESOS, íntegramente pagado y enterado por los socios, con anterioridad a esta fecha y que corresponde a los socios en la siguiente proporción: a) Don Leónidas Miguel Ortega Aravanopules, en un cincuenta por ciento de derechos sobre el capital social, y por tanto sobre la sociedad misma; y b) Don Yonel Hugo Ortega Aravanopules, en un cincuenta por ciento de derechos sobre el capital social, y por tanto sobre la sociedad misma”. Domicilio: Santiago. Capital: $2.109.603.-, correspondiente en un 50% para cada socio, íntegramente enterado y pagado. La donación fue autorizada por sentencia de fecha 10 abril 2026, en causa caratulada “Ortega”, ROL V-5-2024 del 1º Juzgado Civil de San Miguel, firme o ejecutoriada, la que además aprobó el monto y pago del impuesto a las donaciones.- Demás estipulaciones en escritura. Santiago, 25 de mayo de 2026.