CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Charme & Camprubí SpA

CVE 2817914
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de mayo de 2026
Notaría
La Reina

Instrumento

Fecha
19 de mayo de 2026
Notario
PABLO MARTINEZ LOAIZA
Oficio
Primera Notaria de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la Sociedad es, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros: a) La prestación de servicios de asesoría, consultoría y gestión empresarial, estratégica, comercial, financiera, organizacional, operacional, administrativa y de negocios, incluyendo el diseño, evaluación, implementación y seguimiento de planes, proyectos, inversiones, procesos, modelos comerciales, estructuras organizacionales y estrategias de crecimiento. b) La prestación de servicios de asesoría, consultoría, estudio, análisis, gestión, coordinación y representación en materias jurídicas, regulatorias, contractuales, corporativas, comerciales, laborales, civiles, tributarias, administrativas, societarias, de cumplimiento normativo y de resolución de controversias, incluyendo la preparación, revisión y negociación de contratos, informes, presentaciones, documentos legales, estrategias jurídicas y demás actuaciones relacionadas, sea directamente o por intermedio de profesionales habilitados cuando la ley así lo exija. c) La prestación de servicios de formación, capacitación, enseñanza, entrenamiento, mentoría, relatorías, charlas, cursos, talleres, seminarios, programas educativos y actividades de transferencia de conocimiento, tanto presenciales como remotas, para personas naturales, empresas, instituciones de educación públicas o privadas, asociaciones, fundaciones u otras organizaciones. d) La inversión, adquisición, suscripción, tenencia, administración, explotación y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, derechos, acciones, cuotas, bonos, efectos de comercio, valores mobiliarios, instrumentos financieros, derechos sociales y participaciones en sociedades de cualquier naturaleza, sean chilenas o extranjeras. e) La constitución, participación, adquisición, administración, financiamiento y enajenación de participaciones en otras sociedades, empresas, vehículos de inversión o entidades, pudiendo ejercer todos los derechos políticos, económicos, administrativos y patrimoniales que correspondan a la calidad de accionista, socio, aportante o partícipe. f) y en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores. La Sociedad podrá desarrollar su objeto directamente o por medio de terceros, en Chile o en el extranjero

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTINEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número 5841, comuna de La Reina, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública de fecha 19 de mayo de 2026, otorgada ante Gonzalo Prieto Magnolfi, Notario Público Suplente del Titular de este Oficio, bajo el repertorio número 40833/2026, Yuri Charme Schulz y Daniela Camprubí Valledor, constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: Charme & Camprubí SpA (en adelante la “Sociedad”). Objeto: El objeto de la Sociedad es, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros: a) La prestación de servicios de asesoría, consultoría y gestión empresarial, estratégica, comercial, financiera, organizacional, operacional, administrativa y de negocios, incluyendo el diseño, evaluación, implementación y seguimiento de planes, proyectos, inversiones, procesos, modelos comerciales, estructuras organizacionales y estrategias de crecimiento. b) La prestación de servicios de asesoría, consultoría, estudio, análisis, gestión, coordinación y representación en materias jurídicas, regulatorias, contractuales, corporativas, comerciales, laborales, civiles, tributarias, administrativas, societarias, de cumplimiento normativo y de resolución de controversias, incluyendo la preparación, revisión y negociación de contratos, informes, presentaciones, documentos legales, estrategias jurídicas y demás actuaciones relacionadas, sea directamente o por intermedio de profesionales habilitados cuando la ley así lo exija. c) La prestación de servicios de formación, capacitación, enseñanza, entrenamiento, mentoría, relatorías, charlas, cursos, talleres, seminarios, programas educativos y actividades de transferencia de conocimiento, tanto presenciales como remotas, para personas naturales, empresas, instituciones de educación públicas o privadas, asociaciones, fundaciones u otras organizaciones. d) La inversión, adquisición, suscripción, tenencia, administración, explotación y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, derechos, acciones, cuotas, bonos, efectos de comercio, valores mobiliarios, instrumentos financieros, derechos sociales y participaciones en sociedades de cualquier naturaleza, sean chilenas o extranjeras. e) La constitución, participación, adquisición, administración, financiamiento y enajenación de participaciones en otras sociedades, empresas, vehículos de inversión o entidades, pudiendo ejercer todos los derechos políticos, económicos, administrativos y patrimoniales que correspondan a la calidad de accionista, socio, aportante o partícipe. f) y en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores. La Sociedad podrá desarrollar su objeto directamente o por medio de terceros, en Chile o en el extranjero. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $2.000.000, dividido en 200 acciones nominativas, ordinarias, de única serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador de este extracto para su legalización. Santiago, 27 de mayo de 2026.