Instrumento
- Fecha
- 4 de mayo de 2026
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Objeto social
La sociedad tiene por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular de la Octava Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 4 de mayo del año 2026, otorgada ante mí, don ESTEBAN EDUARDO VIDELA ALDEA, y don TOMÁS MIKEL GUTIÉRREZ FIDALGO, constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: (i) Nombre: El nombre de la sociedad es "CARO RECORDS SpA". (ii) Objeto: La sociedad tiene por objeto: (a) la gestión, financiamiento y promoción de todo tipo de manifestaciones artísticas, así como la producción, desarrollo y comercialización de toda clase de material musical y audiovisual; (b) la representación de artistas y marcas nacionales y/o extranjeros; (c) el desarrollo y organización de eventos artísticos, culturales, sociales y/o recreativos; y (d) la prestación de asesorías en materia artística, de producción, distribución y comercialización de toda clase de material musical y audiovisual. Se deja constancia, que la sociedad podrá desarrollar todas las actividades propias de su objeto, tanto en Chile como en el extranjero, de manera directa o través de terceros, y ya sea por cuenta propia o ajena. (iii) Capital: El capital social, ascendente a la suma de $10.000.000.-, se encuentra dividido en 1.000 acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal, las que se suscribieron y pagaron, conforme al siguiente detalle: /a/ don ESTEBAN EDUARDO VIDELA ALDEA, suscribió 500 acciones, por la suma total de $5.000.000, las cuales se obligó a pagar en dinero y/o en especie, en el plazo máximo de tres años contados desde la fecha de la escritura extractada; y /b/ don TOMÁS MIKEL GUTIÉRREZ FIDALGO, suscribió 500 acciones, por la suma total de $5.000.000, las cuales se obligó a pagar en dinero y/o en especie, en el plazo máximo de tres años contados desde la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de mayo de 2026.- Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular.