CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CARO RECORDS SpA

CVE 2817553
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de mayo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de mayo de 2026
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Objeto social

La sociedad tiene por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular de la Octava Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 4 de mayo del año 2026, otorgada ante mí, don ESTEBAN EDUARDO VIDELA ALDEA, y don TOMÁS MIKEL GUTIÉRREZ FIDALGO, constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: (i) Nombre: El nombre de la sociedad es "CARO RECORDS SpA". (ii) Objeto: La sociedad tiene por objeto: (a) la gestión, financiamiento y promoción de todo tipo de manifestaciones artísticas, así como la producción, desarrollo y comercialización de toda clase de material musical y audiovisual; (b) la representación de artistas y marcas nacionales y/o extranjeros; (c) el desarrollo y organización de eventos artísticos, culturales, sociales y/o recreativos; y (d) la prestación de asesorías en materia artística, de producción, distribución y comercialización de toda clase de material musical y audiovisual. Se deja constancia, que la sociedad podrá desarrollar todas las actividades propias de su objeto, tanto en Chile como en el extranjero, de manera directa o través de terceros, y ya sea por cuenta propia o ajena. (iii) Capital: El capital social, ascendente a la suma de $10.000.000.-, se encuentra dividido en 1.000 acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal, las que se suscribieron y pagaron, conforme al siguiente detalle: /a/ don ESTEBAN EDUARDO VIDELA ALDEA, suscribió 500 acciones, por la suma total de $5.000.000, las cuales se obligó a pagar en dinero y/o en especie, en el plazo máximo de tres años contados desde la fecha de la escritura extractada; y /b/ don TOMÁS MIKEL GUTIÉRREZ FIDALGO, suscribió 500 acciones, por la suma total de $5.000.000, las cuales se obligó a pagar en dinero y/o en especie, en el plazo máximo de tres años contados desde la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de mayo de 2026.- Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular.