MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

BSOUND SpA

RUT 77875358-8 CVE 2817982
Capital
$87.001.503 CLP
Fecha instrumento
20 de mayo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de mayo de 2026
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$87.001.503 CLP

Administración

Se modifica íntegramente el Título Tercero de los estatutos, relativo a la administración de la Sociedad, estableciéndose que la Sociedad será administrada por un Gerente General, premunido de las amplias facultades de administración y disposición que se detallan en el Artículo Décimo de los estatutos, incluyendo facultades bancarias, de comercio exterior, judiciales con ambos incisos del artículo 7° del Código de Procedimiento Civil y de autocontratación; pudiendo, además, designarse uno o más Gerentes Corporativos con las facultades de representación administrativa que se establecen en el Artículo Décimo Primero. Conforme al nuevo Artículo Décimo Segundo, el Gerente General, el Gerente Corporativo y)o los demás administradores podrán ser nombrados o sustituidos mediante escritura pública suscrita por los titulares del sesenta por ciento de las acciones emitidas con derecho a voto

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SOCIEDAD DE INVERSIONES BENYVIN LIMITADA socio 76155919-2
SOCIEDAD DE INVERSIONES MINIPTO LIMITADA socio 77620850-7
INVERSIONES OPERACIONES ATLÁNTICO SpA socio 77270516-6

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 43748 del 12 de enero de 2024

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Titular de la 42° notaria de Santiago, con oficio en Av. Apoquindo 3001, 2do piso, comuna de Las Condes, certifica: Que por escritura pública de fecha 20.05.2026, REP. N°17.336-2026, otorgada ante mí, SOCIEDAD DE INVERSIONES BENYVIN LIMITADA, Rol Único Tributario N° 76.155.919-2, representada por don DANIEL VINAGRE ABT, chileno, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N° 10.395.910-1; SOCIEDAD DE INVERSIONES MINIPTO LIMITADA, Rol Único Tributario N° 77.620.850-7, representada por don FRANCISCO VINAGRE ABT, chileno, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N° 10.394.213-6, ambas domiciliadas en calle Cerro Colorado N° 5870, oficina 107, Las Condes, Región Metropolitana; e INVERSIONES OPERACIONES ATLÁNTICO SpA, Rol Único Tributario N° 77.270.516-6, representada por don ALFREDO JAVIER ALONSO RAMOS, uruguayo, publicista, cédula de identidad para extranjeros N° 14.641.731-0, y por don OSCAR MANUEL MEJÍAS LARRAÍN, chileno, factor de comercio, cédula nacional de identidad N° 12.454.637-0, domiciliados en Avenida Presidente Riesco N° 5711, oficina 901, Las Condes, Santiago; todos titulares del 100% de las acciones emitidas con derecho a voto de “BSOUND SpA” (la “Sociedad”), sociedad por acciones constituida por escritura pública de fecha 5 de enero de 2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, cuyo extracto se inscribió a fojas 3.069 N° 1.294 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2024 y se publicó en el Diario Oficial N° 43.748 de 12 de enero de 2024, acordaron modificar la Sociedad en los siguientes términos: UNO.- Modificación del número de acciones y aumento de capital. Se modifica el número de acciones en que se divide el capital social, de cien (100) a diez mil (10.000) acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, sin que ello implique aumento ni disminución del capital, convirtiéndose cada acción existente en cien acciones nuevas y manteniendo cada accionista su porcentaje de participación. Asimismo, se aumenta el capital social en la suma de $87.001.503, quedando el capital total fijado en $88.001.503, dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, sin emisión de acciones nuevas. El aumento es suscrito y pagado por los accionistas a prorrata de su participación, mediante capitalización de cuentas por pagar registradas en la contabilidad social: SOCIEDAD DE INVERSIONES BENYVIN LIMITADA suscribe y paga el 70% del aumento, ascendente a $61.601.052,10; y SOCIEDAD DE INVERSIONES MINIPTO LIMITADA suscribe y paga el 30% del aumento, ascendente a $26.400.450,90. En consecuencia, se reemplaza el Artículo Quinto de los estatutos, el que en adelante dispone: “ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL. El capital de la Sociedad es la cantidad de ochenta y ocho millones un mil quinientos tres pesos ($88.001.503), dividido en diez mil (10.000) acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Cada acción dará derecho a un voto.” DOS.- Compraventa y cesión de acciones. Por el mismo instrumento, SOCIEDAD DE INVERSIONES BENYVIN LIMITADA y SOCIEDAD DE INVERSIONES MINIPTO LIMITADA, como vendedoras, vendieron, cedieron y transfirieron a INVERSIONES OPERACIONES ATLÁNTICO SpA, que compró y adquirió, un total de cinco mil cien (5.100) acciones de la Sociedad, equivalentes al 51% del capital social, desglosadas en tres mil quinientas setenta (3.570) acciones transferidas por SOCIEDAD DE INVERSIONES BENYVIN LIMITADA y mil quinientas treinta (1.530) acciones transferidas por SOCIEDAD DE INVERSIONES MINIPTO LIMITADA, por un precio total de $44.880.767, pagado al contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de lo anterior, la composición accionaria de la Sociedad queda integrada de la siguiente forma: INVERSIONES OPERACIONES ATLÁNTICO SpA, cinco mil cien (5.100) acciones, equivalentes al 51%; SOCIEDAD DE INVERSIONES BENYVIN LIMITADA, tres mil cuatrocientas treinta (3.430) acciones, equivalentes al 34,3%; y SOCIEDAD DE INVERSIONES MINIPTO LIMITADA, mil cuatrocientas setenta (1.470) acciones, equivalentes al 14,7%. TRES.- Modificación del régimen de administración. Se modifica íntegramente el Título Tercero de los estatutos, relativo a la administración de la Sociedad, estableciéndose que la Sociedad será administrada por un Gerente General, premunido de las amplias facultades de administración y disposición que se detallan en el Artículo Décimo de los estatutos, incluyendo facultades bancarias, de comercio exterior, judiciales con ambos incisos del artículo 7° del Código de Procedimiento Civil y de autocontratación; pudiendo, además, designarse uno o más Gerentes Corporativos con las facultades de representación administrativa que se establecen en el Artículo Décimo Primero. Conforme al nuevo Artículo Décimo Segundo, el Gerente General, el Gerente Corporativo y/o los demás administradores podrán ser nombrados o sustituidos mediante escritura pública suscrita por los titulares del sesenta por ciento de las acciones emitidas con derecho a voto. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de mayo de 2026.