MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INSTRUMENTISTAS QUIRÚRGICAS LIMITADA

RUT 76779940-3 CVE 2816925
Capital
$350.000 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Repertorio
698-26
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$350.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CHRISTIAN LUIS ABARCA ENCINA, Notario Interino de la 24ª Notaría Santiago, Esquina Blanca 0211, Maipú, CERTIFICO: Por escritura otorgada ante mí, con fecha 9 de Abril de 2.026, bajo el Repertorio N° 698 - 26, doña MIREYA ELENA DÍAZ GARCÍA, Los Cancilleres N° 1.770, depto. 44, Maipú; doña CAROLINA JUDITH TORO AYALA, Pje. Barca N° 2.593, Puente Alto; doña ROSA ALICIA BARRAZA PINTO, Avda. Centenario N° 1.056, depto. 301-A, San Miguel; doña YASNA ELIZABETH SOTO AMESTICA, Pedro de Gamboa N° 3.456, San Bernardo; doña ANITA PAMELA IBACETA ÁLVAREZ, Bio Bio N° 1.485, d depto. 41 C, Santiago y, doña LUZ DEL CARMEN HERNÁNDEZ SASO, Isla Grande de Tierra del Fuego N° 236, Pudahuel; modifican “SOCIEDAD DE INSTRUMENTISTAS QUIRÚRGICAS LIMITADA”, constituida por escritura 22 de Enero 2.007, otorgada en la Notaría de Santiago de don Raúl Iván Perry Pefaur, inscrita en extracto a fs. 6.982 Nº 5.139 Registro Comercio de Santiago año 2.007, capital social $350.000.-Ya varias veces modificada. Modificación actual consiste en: La socia Mireya Elena Díaz García, titular de 1/3 de los derechos sociales, se retira de la sociedad y cede la totalidad de sus derechos sociales a sus consocias doña Rosa Alicia Barraza Pinto; y doña Carolina Judith Toro Ayala, quienes lo adquieren y aceptan para sí, en común y en partes iguales. El precio de la cesión de derechos es la suma total de $116.666.- que las cesionarias pagan a la cedente a prorrata en el mismo acto, quedando en consecuencia como únicas socias de la compañía doña Rosa Alicia Barraza Pinto y doña Carolina Judith Toro Ayala, cada una con un 50% de los derechos sociales. Asimismo, en este acto, la socia Rosa Alicia Barraza Pinto, titular del 50% de los derechos sociales, cede el 20% de sus derechos sociales a doña Yasna Elizabeth Soto Amestica; y el 10% de los derechos sociales a doña Anita Pamela Ibaceta Álvarez, quienes se incorporan como nuevas socias. El precio de la cesión es la suma total de $175.000.- que las cesionarias pagan a la cedente a prorrata en la proporción que adquieren, al contado.- Igualmente, doña Carolina Judith Toro Ayala, titular del 50% de los derechos sociales, cede el 20% por ciento de sus derechos sociales a doña Luz Del Carmen Hernández Saso, quién se incorpora como nuevas socias; y el 10% de los derechos sociales a doña Anita Pamela Ibaceta Álvarez,. El precio de la cesión de derechos es la suma total de $175.000, que las cesionarias pagan a la cedente a prorrata en la proporción que adquieren en este mismo acto, al contado.- Quedan en consecuencia como únicas socias de la compañía doña Rosa Alicia Barraza Pinto, con el 20% de los derechos sociales; doña Carolina Judith Toro Ayala, con el 20% de los derechos sociales; doña Yasna Elizabeth Soto Amestica, con el 20% de los derechos sociales; doña Anita Pamela Ibaceta Álvarez con el 20% de los derechos sociales; y doña Luz Del Carmen Hernández Saso, con el 20% restante de los derechos sociales. Actuales socias acuerdan modificar la administración de la sociedad y el uso de la razón social, que en lo sucesivo corresponderá a las socias doña Rosa Alicia Barraza Pinto; doña Carolina Judith Toro Ayala; doña Yasna Elizabeth Soto Amestica; doña Anita Pamela Ibaceta Álvarez; y doña Luz Del Carmen Hernández Saso, indistintamente, con las más amplias facultades indicadas en el pacto social. Subsistirán en vigencia demás disposiciones del contrato social que no han sido modificadas. Santiago, Mayo 18 de 2.026.