Inversiones y Proyectos Plaza Nueva Dos SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de abril de 2026
- Repertorio
- 2476-2026
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- 26a Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Abogado, Notario Público, Titular de la 26a Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3196, comuna de Las Condes, certifico: por escritura pública de fecha 24 de abril de 2026, anotada bajo el repertorio Nº2476-2026 y otorgada ante mí, don JOSÉ MIGUEL GAZITÚA SWETT, cédula de identidad 16.369.887-0 con domicilio, para estos efectos, en Avenida Luis Carrera N°1172, Departamento 52, Comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, rectificó escritura pública otorgada ante mí con fecha 16 de diciembre de 2025 bajo el repertorio N°8.525-2025 que contiene la transformación y otorgamiento de nuevos estatutos de la sociedad “INVERSIONES Y PROYECTOS PLAZA NUEVA DOS SpA” (la “Sociedad”), inscrita a fojas 119.265, número 44.546 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2025 y publicado en el Diario Oficial con fecha 26 de diciembre del mismo año, en los siguientes términos: En atención a reparos efectuados a la cláusula de administración de los estatutos de la Sociedad por entidades bancarias y en ejercicio de las facultades conferidas en virtud de lo acordado en la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, se rectifica la escritura pública referida en el sentido de reemplazar el Artículo Décimo Quinto de los estatutos sociales relativo a la administración de la Sociedad, modificando la forma de actuación de los administradores doña Pamela Malfanti Brodersen, doña Costanza Reposi Malfanti, doña Daniela Reposi Malfanti y don Felipe Reposi Malfanti, quienes tendrán los más amplios poderes de administración y disposición, estando facultados para ejercer la representación de la Sociedad en todas las materias, negocios, operaciones, procedimientos, actos, juicios, convenios, etcétera, relacionados con el objeto de la Sociedad o que se estime necesario o conveniente para su objeto, para lo que deberán actuar siempre en la forma, con las facultades y con las limitaciones que se establecen en la escritura extractada. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de abril de 2026.