CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES JM TRES SpA

RUT 18160043-8 CVE 2816912
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
20 de mayo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de mayo de 2026
Repertorio
40659-2026
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
Segunda Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público, Titular de la Segunda Notaria de Santiago, con oficio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes certifica: Que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 20 de mayo de 2026, bajo el repertorio N°40.659-2026, don José Manuel Mendoza Muñoz, cédula de identidad N° 18.160.043-8, constituyó la sociedad por acciones cuya razón social es INVERSIONES JM TRES SPA, de duración indefinida, que tendrá por objeto efectuar, administrar y disponer de toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias y, en general, invertir en toda clase de bienes corporales o incorporales, valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión, tanto en Chile como en el extranjero; desarrollar el negocio inmobiliario, pudiendo al efecto comprar, vender, arrendar y, en general, administrar y explotar, en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes raíces; formar, constituir o integrar sociedades, administrar empresas o asociaciones de cualquier naturaleza, para el adecuado desarrollo de los fines sociales. La sociedad estará facultada para desarrollar todas las actividades necesarias o pertinentes para la consecución de estos propósitos. El capital de la sociedad es la cantidad de $5.000.000- dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una. El capital se suscribe y paga de la siguiente forma: a. José Manuel Mendoza Muñoz suscribe cien acciones por un valor total de quinientos mil pesos, que paga en este acto en dinero efectivo, enterando el total del precio por estas acciones. b. Las restantes novecientas acciones, equivalentes a la suma de cuatro millones quinientos mil pesos de capital social, serán pagadas en dinero efectivo o en especies u otros bienes a más tardar dentro del plazo de cinco años contado desde la fecha del acto constitutivo de la sociedad y en la medida que lo requieran las necesidades sociales. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago de Chile, 26 de mayo de 2026.