Inversiones Criptico Tres S.A.
Instrumento
- Fecha
- 29 de abril de 2026
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- 26° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $450.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago, pero podrá extender sus operaciones y establecer oficinas, filiales, sucursales o corresponsales en otros puntos de la República o del Extranjero, siempre que el Directorio así lo acordare
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad es la inversión en bienes inmuebles y en bienes muebles, especialmente incorporales tales como acciones, instrumentos de crédito, cuotas y fondos mutuos, efectos de comercio, derechos en sociedades o comunidades, su administración, explotación y arrendamiento
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, NOTARIO PUBLICO, Titular de LA 26° Notaría de Santiago, Apoquindo N° 3196, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de abril de 2026, Rep. 2562-2026, ante mí: PABLO FRANCISCO URIBE GONZÁLEZ, médico cirujano, domiciliado en calle Thor Heyerdal 2062 , Comuna de Vitacura, Santiago,, RUT Nº 12.877.773-3; CARMEN PAZ URIBE GONZALEZ, cirujano dentista, domiciliada en Avenida España 721, departamento 501, comuna de Curicó, de paso en ésta, RUT Nº 15.997.865-6, constituyeron sociedad anónima cerrada. RAZÓN SOCIAL: "INVERSIONES CRIPTICO TRES S.A.". OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad es la inversión en bienes inmuebles y en bienes muebles, especialmente incorporales tales como acciones, instrumentos de crédito, cuotas y fondos mutuos, efectos de comercio, derechos en sociedades o comunidades, su administración, explotación y arrendamiento. DOMICILIO SOCIAL: Ciudad de Santiago, pero podrá extender sus operaciones y establecer oficinas, filiales, sucursales o corresponsales en otros puntos de la República o del Extranjero, siempre que el Directorio así lo acordare. DURACIÓN: Indefinida. CAPITAL SOCIAL: $ 450.000.000 dividido en 450.000 acciones nominativas, sin valor nominal, totalmente suscrito, habiéndose pagado $ 2.000.000 equivalente a 2.000 acciones quedando por pagar $ 448.000.000 equivalente a 448.000 acciones, las cuales se pagarán dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de la presente escritura, todo lo cual se indica en el artículo 1° transitorio de la escritura que se extracta. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 13 de mayo del 2026. HQM. Not. Pub.