MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INGENIERÍA Y SERVICIOS GENERALES LIMITADA

RUT 76003202-6 CVE 2816883
Fecha instrumento
11 de mayo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de mayo de 2026
Notario
CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES
Oficio
Quincuagésima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES, Abogado, Notario Público Titular de la Quincuagésima Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos N° 371, oficina 113, Santiago, certifico: Por escritura pública, de fecha 11/05/2026, Repertorio Nro. 25.053-2026, ante mí, doña MARISOL VALERIA ROJAS PARDO, chilena, ingeniero comercial, cédula identidad N°18.153.703-5, Coventry N°967, depto. 102 A, Ñuñoa, Santiago, por sí y en representación de don EUGENIO ENRIQUE ROJAS BAEZ, chileno, ingeniero ejecución mecánica, cédula identidad N°8.666.348-1, mismo domicilio anterior, y don PATRICIO BERNARDO ARAVENA BOTETANO, chileno, ingeniero ejecución mecánica, cédula identidad N°9.030.278-7, Cerro Blanco N°0698, Maipú, Santiago, exponen: PRIMERO: Por escritura pública fecha 26 octubre 2007, suscrita ante Notario de Santiago Pablo González Caamaño; se constituyó entre los señores Eugenio Enrique Rojas Baez, Patricio Bernardo Aravena Botetano y Juan Alberto Henríquez Herrera, sociedad responsabilidad limitada “INGENIERÍA Y SERVICIOS GENERALES LIMITADA”, nombre fantasía “AD-PROJECT”. Un extracto de esta escritura se inscribió a fojas 46.245 N°33.022 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente año 2007. Posteriormente, por escritura pública de fecha 15 octubre 2008, suscrita ante Notario de Santiago Pablo González Caamaño, se modificó la precitada sociedad retirándose de ésta don Juan Alberto Henríquez Herrera, quien cedió sus derechos, ascendentes al 33,33% de los derechos sociales del capital social, a don Eugenio Enrique Rojas Baez y a don Patricio Bernardo Aravena Botetano en partes iguales, esto es 16,66% a cada uno de ellos. A consecuencia de la cesión señalada señores Rojas Baez y Aravena Botetano quedan con una participación del haber social de 50% cada uno. Administración, representación y uso razón social quedó radicada señores Rojas Baez y Aravena Botetano, quienes actuaran en forma conjunta. Un extracto de dicha escritura pública se inscribió a fojas 48.383 N°33.411 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente año 2008. Por último, por escritura pública fecha 30 septiembre de 2013, suscrita ante Notario de Santiago Pablo González Caamaño, socios acuerdan modificar numerales 6 y 7 Cláusula Sexto pacto social constitutivo. Un extracto de dicha escritura pública se inscribió a fojas 75.720 N°49.898 en el Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente año 2013. SEGUNDO: Que, de conformidad modificación señalada cláusula precedente, son únicos socios de “INGENIERÍA Y SERVICIOS GENERALES LIMITADA”, Eugenio Enrique Rojas Baez y Patricio Bernardo Aravena Botetano, con una participación 50% cada uno del haber social. TERCERO: Por el presente acto e instrumento se modifica la sociedad antes individualizada en los siguientes términos: socio Eugenio Enrique Rojas Baez se retira de la sociedad y vende, cede y transfiere totalidad de sus derechos a Marisol Valeria Rojas Pardo. Precio de la cesión es $3.500.000, que Marisol Valeria Rojas Pardo paga en este acto y en dinero efectivo a don Eugenio Enrique Rojas Baez, quien declara haberlos recibido a su entera conformidad y satisfacción. Socio Patricio Bernardo Aravena Botetano, expresa su total y absoluta conformidad con la cesión de derechos aludida, manifestando conformidad con ingreso nueva socia a la sociedad. CUARTO: Que, a consecuencia de la cesión de derechos señalada precedentemente, se retira de la sociedad Eugenio Enrique Rojas Baez, quedando como únicos socios de “INGENIERÍA Y SERVICIOS GENERALES LIMITADA”, MARISOL VALERIA ROJAS PARDO con 50% de los derechos del haber social y PATRICIO BERNARDO ARAVENA BOTETANO con 50% restante de los derechos del haber social. QUINTO: MARISOL VALERIA ROJAS PARDO y PATRICIO BERNARDO ARAVENA BOTETANO, actuales y únicos socios de “INGENIERÍA Y SERVICIOS GENERALES LIMITADA”, modifican cláusula relativa a la administración social, la cual corresponderá a contar esta fecha a ambos socios conjuntamente, con las facultades establecidas en pacto social primitivo y sus posteriores modificaciones. SEXTO: Para todos los efectos derivados de la presente escritura los socios y la sociedad “INGENIERÍA Y SERVICIOS GENERALES LIMITADA”, R.U.T. 76.003.202- 6, se hacen responsables de los impuestos que ésta pudiera adeudar como asimismo de los tributos que eventualmente puedan afectar socio que se retira, todo ello en los términos previstos en artículos 69 y siguientes Código Tributario. SÉPTIMO: En todo lo no modificado por la presente escritura rige plenamente pacto social constitutivo de la sociedad y sus modificaciones posteriores, las que se entenderán formar parte de pleno derecho del presente contrato. Demás estipulaciones en escritura extractada. Para efectos del Artículo 401, N° 12 del COT, las partes interesadas manifiestan su voluntad de remitir y solicitar personalmente al CBRS correspondiente, la inscripción de este extracto, facultando al portador de copia autorizada para requerir inscripciones, subinscripciones y anotaciones correspondientes.- Santiago, 14/05/2026.