CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ALIANZA LEGALPROP LIMITADA

RUT 19063844-8 CVE 2817110
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
9 de abril de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
9 de abril de 2026
Repertorio
8427-2026
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Comuna de Santiago (Ahumada 312, oficina 603)
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales en el ámbito del Derecho, comprendido entre otros, la asesoría jurídica, la representación judicial y extrajudicial, y la consultoría en las áreas del derecho civil, comercial, laboral, familiar y otras ramas propias de la profesión de abogado

Administración

Estará a cargo de los socios, quienes actuarán indistintamente como representantes legales, con las facultades más amplias para gestionar los asuntos de la sociedad y ejecutar todos los actos y contratos detallados en la escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Notario Público Titular de la 45ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, Piso 7, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 9 de abril de 2026, ante mí, Repertorio N° 8.427-2026, don CRISTIAN ANTONIO FIGUEROA ARANCIBIA, C.I. N° 19.063.844-8, y doña CAMILA FERNANDA ALCÁNTARA SOTO, C.I. N° 19.318.943-1, ambos domiciliados en calle Ahumada 312 (trescientos doce), oficina 603 (seiscientos tres), comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: "ALIANZA LEGALPROP LIMITADA", pudiendo abreviarse como "ALIANZA LEGALPROP LTDA." en toda clase de actos, documentos y relaciones comerciales. Domicilio: Comuna de Santiago (Ahumada 312, oficina 603), sin perjuicio de poder establecer oficinas, agencias o sucursales en cualquier localidad del país o en el extranjero. Objeto: La sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales en el ámbito del Derecho, comprendido entre otros, la asesoría jurídica, la representación judicial y extrajudicial, y la consultoría en las áreas del derecho civil, comercial, laboral, familiar y otras ramas propias de la profesión de abogado. Capital Social: $1.000.000 (un millón de pesos), dividido en dos cuotas sociales de igual valor, íntegramente suscrito y pagado por los socios de la siguiente manera: a) Cristian Antonio Figueroa Arancibia, suscribe y paga una cuota de $500.000 equivalente a un 50% del capital social; y b) Camila Fernanda Alcántara Soto, suscribe y paga una cuota de $500.000 equivalente a un 50% del capital social. Administración y Representación: Estará a cargo de los socios, quienes actuarán indistintamente como representantes legales, con las facultades más amplias para gestionar los asuntos de la sociedad y ejecutar todos los actos y contratos detallados en la escritura. Duración: Indefinida, y comenzará sus actividades desde la fecha de inscripción de este extracto en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 15 de mayo de 2026.