Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2026
- Notario
- PABLO MARTINEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaria de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
(a) desarrollar todo tipo de negocios inmobiliarios, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otras personas, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces o inmuebles de cualquier naturaleza, urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de cualquier naturaleza, y venderlas y)o explotarlas, por cuenta propia o ajena; (b) dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar y ceder a terceros por cualquier título el uso y goce de bienes raíces o inmuebles; (c) intermediar y asesorar en cualquier tipo de negocio o desarrollo inmobiliario; (d) construir por cuenta propia o ajena, para sí o para terceros, todo tipo de edificaciones, viviendas, proyectos residenciales, industriales y comerciales, urbanizar loteos, condominios o conjuntos habitacionales, pudiendo, para tales efectos, adquirir materiales de construcción, contratar directamente el personal necesario y)o subcontratarlo, presentar proyectos o anteproyectos de construcción, obtener todos los permisos necesarios, celebrar contratos de construcción a suma alzada, a serie de precios unitarios, por administración delegada y)o por cualquier otra fórmula aceptada por ley o convenida entre las partes que correspondan; (e) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales y, en general, en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, monedas extranjeras, bonos, debentures, pagarés, acciones y derechos sociales, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y)o renta, para lo cual la Sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; (f) la explotación y administración de condominios, hoteles, hostales, pensiones, y, en general, establecimientos similares; y (g) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad. La Sociedad podrá desarrollar su objeto por cuenta propia o ajena, directamente o por medio de otras personas jurídicas en las que participe
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTINEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública de fecha 14 de mayo de 2026, otorgada ante mí, bajo repertorio número 39.969/2026, Avanza Gestión SpA, debidamente representada, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: Gestión Renta y Venta Activa II SpA (en adelante la “Sociedad”). Objeto: (a) desarrollar todo tipo de negocios inmobiliarios, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otras personas, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces o inmuebles de cualquier naturaleza, urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de cualquier naturaleza, y venderlas y/o explotarlas, por cuenta propia o ajena; (b) dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar y ceder a terceros por cualquier título el uso y goce de bienes raíces o inmuebles; (c) intermediar y asesorar en cualquier tipo de negocio o desarrollo inmobiliario; (d) construir por cuenta propia o ajena, para sí o para terceros, todo tipo de edificaciones, viviendas, proyectos residenciales, industriales y comerciales, urbanizar loteos, condominios o conjuntos habitacionales, pudiendo, para tales efectos, adquirir materiales de construcción, contratar directamente el personal necesario y/o subcontratarlo, presentar proyectos o anteproyectos de construcción, obtener todos los permisos necesarios, celebrar contratos de construcción a suma alzada, a serie de precios unitarios, por administración delegada y/o por cualquier otra fórmula aceptada por ley o convenida entre las partes que correspondan; (e) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales y, en general, en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, monedas extranjeras, bonos, debentures, pagarés, acciones y derechos sociales, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la Sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; (f) la explotación y administración de condominios, hoteles, hostales, pensiones, y, en general, establecimientos similares; y (g) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad. La Sociedad podrá desarrollar su objeto por cuenta propia o ajena, directamente o por medio de otras personas jurídicas en las que participe. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador de este extracto para su legalización. Santiago, 18 de mayo de 2026.