CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Elipse Dos SpA

CVE 2816618
Capital
$4.405.385 CLP
Fecha instrumento
15 de mayo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de mayo de 2026
Repertorio
25545-2026
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.405.385 CLP

Objeto social

“El objeto de la Sociedad será: /a) la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales muebles incluyendo acciones, derechos sociales o cuotas en otras compañías, fondos de inversión, valores mobiliarios y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales; /b) cualquier tipo de inversión y asesorías financieras, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes, además realizar asesorías y prestar servicios de financiamientos de bienes muebles e inmuebles ; c) Para los fines señalados precedentemente, podrá constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital o de cuotas de fondos de inversión privados o públicos y ejecutar y celebrar toda clase de actos destinados a cumplir con los fines sociales y en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; d) cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por la leyes chilenas; /e) la adquisición, enajenación y arrendamiento, con o sin promesa de compraventa, por cuenta propia o ajena, y la realización de operaciones de leasing, entendiéndose por tales la de toda clase de bienes corporales muebles o inmuebles, y concurrir a su financiamiento, pudiendo celebrar toda clase de actos o contratos sobre dichos bienes, como asimismo la compra, venta, arrendamiento, importación o exportación, por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales; para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá constituir otras sociedades o incorporarse en ellas ; /f)participar en otras sociedades mediante la formación de nuevas sociedades, incorporarse a otras existentes, la celebración de contratos de colaboración empresarial y otras formas de asociación o gestión; y /g) cualquier otro acto o contrato destinado o consecuente a los fines sociales que los accionistas acuerden unánimemente”

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno cualquiera de los señores, don Aleksis Archiles Moubarak y don Felipe Gonzalo Elgueta Suárez. El

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Av. Isidora Goyenechea N°3477, oficina N°10, comuna de Las Condes, certifica: que, por escritura pública de fecha 15 de mayo de 2026, otorgada bajo el repertorio N°25545- 2026, ante mí, don Aleksis Archiles Moubarak, don Felipe Gonzalo Elgueta Suárez y don Diego Andrés Quintana Figueroa, constituyeron una sociedad por acciones, en adelante, la “Sociedad”, cuyos estatutos materia de extracto son del siguiente tenor: Nombre: “Elipse Dos SpA”, la que podrá usar para fines publicitarios, de propaganda, bancarios y comerciales, el nombre de fantasía “Elipse Dos”. Objeto: “El objeto de la Sociedad será: /a/ la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales muebles incluyendo acciones, derechos sociales o cuotas en otras compañías, fondos de inversión, valores mobiliarios y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales; /b/ cualquier tipo de inversión y asesorías financieras, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes, además realizar asesorías y prestar servicios de financiamientos de bienes muebles e inmuebles ; c) Para los fines señalados precedentemente, podrá constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital o de cuotas de fondos de inversión privados o públicos y ejecutar y celebrar toda clase de actos destinados a cumplir con los fines sociales y en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; d) cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por la leyes chilenas; /e/ la adquisición, enajenación y arrendamiento, con o sin promesa de compraventa, por cuenta propia o ajena, y la realización de operaciones de leasing, entendiéndose por tales la de toda clase de bienes corporales muebles o inmuebles, y concurrir a su financiamiento, pudiendo celebrar toda clase de actos o contratos sobre dichos bienes, como asimismo la compra, venta, arrendamiento, importación o exportación, por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales; para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá constituir otras sociedades o incorporarse en ellas ; /f/participar en otras sociedades mediante la formación de nuevas sociedades, incorporarse a otras existentes, la celebración de contratos de colaboración empresarial y otras formas de asociación o gestión; y /g/ cualquier otro acto o contrato destinado o consecuente a los fines sociales que los accionistas acuerden unánimemente”. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de 4.405.385 pesos chilenos, dividido en 4.405.385 de acciones nominativas, iguales y sin valor nominal, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por los constituyentes, conforme a lo indicado en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno cualquiera de los señores, don Aleksis Archiles Moubarak y don Felipe Gonzalo Elgueta Suárez. El Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de mayo de 2026.