COOPERATIVA DE SERVICIOS ARTE CREATIVA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de mayo de 2026
- Repertorio
- 1684-2026
- Notario
- Miguel Chacón Zeballos
- Oficio
- Tercera Notaria de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $400.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMiguel Chacón Zeballos, Notario Público Interino de la Tercera Notaria de Rancagua, Domiciliado en calle Campos número 377, certifica: por acta reducida a escritura pública de fecha 19 de Mayo de 2026, ante mí, Repertorio Nº1684-2026, se constituyó una cooperativa de servicios generales denominada “COOPERATIVA DE SERVICIOS ARTE CREATIVA LIMITADA”, que se regirá por la Ley General de Cooperativas, su Reglamento y sus estatutos sociales. El domicilio de la cooperativa es la comuna de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país. La duración de la cooperativa es indefinida. El objeto social consiste en la distribución de bienes y la prestación de servicios generales de toda índole, preferentemente a sus socios, con el propósito de mejorar sus condiciones ambientales, económicas y satisfacer sus necesidades familiares, sociales, ocupacionales y culturales. El capital inicial suscrito y pagado es de $400.000, dividido en 400 cuotas de participación de un valor nominal de $1.000 cada una, íntegramente suscritas y pagadas por los socios fundadores. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus cuotas de participación. La administración de la cooperativa estará a cargo de un Gerente Administrador, designado por la Junta General de Socios. Se designa como Gerente Administrador provisional a doña Jessica Lissette Pacheco Muñoz, cédula de identidad N° 13.699.729-7. Se designa como Inspector de Cuentas provisional a doña Andrea Beatriz Sánchez Ríos, cédula de identidad N° 15.803.799-8. Socios fundadores: Jessica Lissette Pacheco Muñoz; Josefina del Carmen Rosales Sandoval; Johana Carolina Riquelme Valenzuela; Patricia Ximena Videla Cerda; Juan Carlos Chávez Córdova; Andrea Beatriz Sánchez Ríos; Susana del Carmen Quintana Hidalgo y Pamela Josie Vidal Ponce. Se facultó a doña Jessica Lissette Pacheco Muñoz para reducir a escritura pública, inscribir y publicar el presente extracto, y realizar todas las gestiones necesarias para la legalización de la cooperativa. Demás estipulaciones escritura extractada. Rancagua, 25 de Mayo de 2026.