MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Raitri Capital SpA

RUT 78036517-K CVE 2815880
Capital
$44.780.000 CLP
Fecha instrumento
18 de junio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de junio de 2025
Repertorio
9958-2025
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$44.780.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
REDLÁSER CONCEPCIÓN SpA socio 76879540-1

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 44180 del 23 de junio de 2025

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N° 359, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Que por este acto vengo en rectificar extracto de escritura pública de Acuerdo de Accionistas de aumento de capital de “RAITRI CAPITAL SpA”, otorgada con fecha 18 de junio del año 2025, bajo el Repertorio N° 9.958-2025, ante mí, extracto inscrito a fojas 53.093 número 20.585 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2025, anotado al margen de la inscripción de fojas 107.528 número 43.312 del año 2024, y publicado en el Diario Oficial N° 44.180 de fecha 23 de junio de 2025, CVE 2663102, en el sentido de reemplazar en el extracto la siguiente mención: donde dice: “El aumento de capital se suscribe y paga de la siguiente forma: a) Doña MARÍA CATALINA OYARZÚN DOMIC, suscribe 44.780 acciones, pagando un total de $44.780.000.-, de la siguiente forma: i) $52.031.- en dinero efectivo, pagado en este acto; ii) mediante el aporte en dominio de 388.000 acciones de REDLÁSER CONCEPCIÓN SpA, RUT 76.879.540-1, que se aportan libres de todo gravamen, con todos sus derechos, frutos y obligaciones. Dichas acciones se valorizan conforme al costo tributario que tienen para la persona natural aportante, debidamente reajustado, ascendiendo a $44.227.969.- El aporte en especie se entenderá perfeccionado con la correspondiente anotación de transferencia en el Registro de Accionistas de REDLÁSER CONCEPCIÓN SpA; y b) Don JORGE LUIS SALAZAR MECCO, suscribe 29.520 acciones, equivalentes a $29.520.000.-, las que se pagarán dentro del plazo de tres años contado desde la fecha del presente instrumento, ya sea mediante el aporte en dinero en efectivo, cesión de títulos representativos de inversión, aporte en dominio de inmueble o combinación de estos medios.”, debe decir, conforme al artículo primero transitorio de los estatutos sociales modificado en la escritura extractada: “Artículo Primero Transitorio: En virtud de lo acordado por los accionistas, en escritura pública de Acuerdo de Aumento de Capital, otorgada con fecha 18 de junio de 2025, el capital de la Sociedad que asciende a la suma de $74.800.000.-, dividido en 74.800 acciones nominativas, de una misma serie, todas nominativas, sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente forma: a) Doña MARÍA CATALINA OYARZÚN DOMIC, suscribe la cantidad total de 44.780 acciones, de las cuales: i) 44.228 acciones, equivalentes a la suma de $44.227.969.-, se pagan mediante el aporte en dominio de las acciones de la sociedad REDLÁSER CONCEPCIÓN SpA; ii) 52 acciones equivalentes a $52.031.-, se pagan en este acto al contado, en efectivo y a entera satisfacción de la sociedad que, y iii) sumadas a las 500 acciones equivalentes a $500.000.- pagadas en el acto de constitución social, equivalen al sesenta por ciento del capital social, estando completamente suscrito y pagado el capital aportado por la mencionada accionista; y b) Don JORGE LUIS SALAZAR MECCO, suscribe la cantidad de 30.020 acciones, equivalentes a la suma de $30.020.000.-, de las cuales: i) 29.520 acciones se enterarán y pagarán en el plazo de tres años contado desde la fecha del presente instrumento, ya sea mediante el aporte en dinero en efectivo, la cesión de algún título o títulos representativos de inversión, el aporte en dominio de algún inmueble, o de la combinación de los medios previamente indicados; y ii) las restantes 500 acciones, equivalentes a $500.000.- , que fueron suscritas y pagadas en el acto de constitución social. De esta manera, el total del capital social se encuentra suscrito y parcialmente pagado.”, conforme correctamente se indica en la escritura extractada. Demás estipulaciones permanecen inalteradas.- Santiago, 13 de mayo de 2026.- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público.