Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2026
- Repertorio
- 2956
- Notario
- Humberto Quezada Moreno
- Oficio
- Vigésimo Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- parte de la provincia de Santiago, sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Bienes Raíces de Santiago
Objeto social
a) el desarrollo, implementación, configuración, diseño, venta, distribución, promoción, instalación y soporte de software y)o programas computacionales para el comercio y con la integración y aplicación de programas computacionales en general; b) el comercio y distribución, a niveles mayoristas o minoristas, de estos bienes y servicios dentro o fuera del país, ya sea por cuenta propia o ajena, como el desarrollo de toda clase de actividades complementarias a dicho comercio y las demás necesarias o concernientes a una adecuada promoción y distribución de sus productos; y, c) la prestación de servicios profesionales, de capacitación y consultoría de cualquier naturaleza, pudiendo la sociedad desarrollar válidamente cualquier otra actividad que acuerden los accionistas, esté o no relacionada con el objeto anteriormente señalado. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el
Administración
corresponderá a Daniel Seoane Magnasco, sin perjuicio de las facultades que corresponden a la totalidad de los accionistas actuando en conjunto y a la Junta de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHumberto Quezada Moreno, Notario Público, Titular de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo N° 3.196, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 15 de mayo de 2026, Repertorio N° 2.956, ante mí, Daniel Seoane Magnasco, constituyó sociedad por acciones. Nombre: “NEXITTY GROUP SpA”. Domicilio: parte de la provincia de Santiago, sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Objeto: a) el desarrollo, implementación, configuración, diseño, venta, distribución, promoción, instalación y soporte de software y/o programas computacionales para el comercio y con la integración y aplicación de programas computacionales en general; b) el comercio y distribución, a niveles mayoristas o minoristas, de estos bienes y servicios dentro o fuera del país, ya sea por cuenta propia o ajena, como el desarrollo de toda clase de actividades complementarias a dicho comercio y las demás necesarias o concernientes a una adecuada promoción y distribución de sus productos; y, c) la prestación de servicios profesionales, de capacitación y consultoría de cualquier naturaleza, pudiendo la sociedad desarrollar válidamente cualquier otra actividad que acuerden los accionistas, esté o no relacionada con el objeto anteriormente señalado. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social. Capital: $500.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de las cuales 700 son Serie A y 300 acciones Serie B, totalmente suscrito y pagado. Administración: corresponderá a Daniel Seoane Magnasco, sin perjuicio de las facultades que corresponden a la totalidad de los accionistas actuando en conjunto y a la Junta de Accionistas. El administrador podrá actuar por intermedio de representantes o mandatarios, los que deberán ser designados por escritura pública anotada al margen de la inscripción social original. Facultades y demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 20 de mayo de 2026. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.