CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES E INMOBILIARIA ANDES SpA

CVE 2815586
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de mayo de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
4 de mayo de 2026
Repertorio
2318
Notario
Pablo A. González Caamaño
Oficio
Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

la inversión de capitales y a las actividades inmobiliarias en general, tanto en Chile como en el extranjero. Para tal efecto, podrá realizar, entre otras, las siguientes actividades Primero: Adquirir, enajenar, arrendar, ceder, administrar y explotar bienes raíces, sean urbanos o rurales. Segundo: Subdividir, urbanizar, parcelar, construir, reconstruir, remodelar y restaurar inmuebles, destinándolos a fines habitacionales, comerciales, industriales o de equipamiento Tercero: Desarrollar proyectos inmobiliarios de cualquier naturaleza, incluyendo edificaciones de viviendas, oficinas, centros comerciales, bodegas, instalaciones industriales o mixtas. Cuarto: Realizar operaciones de inversión de capitales mobiliarios e inmobiliarios, tales como la adquisición, administración, permuta, enajenación o gravamen de acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos o de inversión, derechos sociales u otros valores mobiliarios de oferta pública o privada. Quinto: Invertir, participar o asociarse en otras sociedades o entes jurídicos, sean civiles o mercantiles, nacionales o extranjeros, cuyos fines sean semejantes, complementarios o conexos con los de esta sociedad. Sexto: Celebrar toda clase de actos y contratos de administración y disposición, incluso aquellos que requieran estipulación especial conforme a la ley, tales como otorgar avales, fianzas, garantías personales o reales, constituir hipotecas, prendas u otros gravámenes. Séptimo: Celebrar contratos de sociedad, cuentas en participación, consorcios, asociaciones o mandatos, siempre que su objeto se relacione con el giro de la presente sociedad Octavo: Enajenar o gravar activos de cualquier especie, sean muebles, inmuebles, valores o derechos, siempre que ello contribuya al desarrollo o financiamiento de los fines sociales. Noveno: Ejecutar todos aquellos actos y contratos necesarios o convenientes para el cumplimiento de su objeto social, ya sea en forma directa o indirecta, comprendiendo en ello todas las actividades conexas, complementarias o derivadas que conduzcan al mejor logro de los fines sociales. Se deja constancia de que las actividades enumeradas precedentemente se entenderán enunciativas y no limitativas, de manera que el objeto social comprenderá, asimismo, todas aquellas operaciones que guarden relación con las materias antes indicadas o que sean conducentes a su debido desarrollo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Pablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 04 de Mayo de 2026 Repertorio N°2318, ante mi, don DAVID MOISÉS LUENGO MANCILLA, chileno, casado bajo régimen de separación total de bienes, empleado, y doña FLAVIA NATALY ORTIZ TRONCOSO, chilena, casada bajo régimen de separación total de bienes, profesora de educación básica, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida La Bandera número diez mil trescientos sesenta, comuna de San Ramón, y de paso por ésta; constituyen sociedad por acciones de acuerdo a los siguientes estatutos: Nombre. INVERSIONES E INMOBILIARIA ANDES SpA pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía ANDES SpA. Domicilio: Santiago sin perjuicio de poder establecer sucursales en otros lugares del país o el extranjero. Objeto: la inversión de capitales y a las actividades inmobiliarias en general, tanto en Chile como en el extranjero. Para tal efecto, podrá realizar, entre otras, las siguientes actividades Primero: Adquirir, enajenar, arrendar, ceder, administrar y explotar bienes raíces, sean urbanos o rurales. Segundo: Subdividir, urbanizar, parcelar, construir, reconstruir, remodelar y restaurar inmuebles, destinándolos a fines habitacionales, comerciales, industriales o de equipamiento Tercero: Desarrollar proyectos inmobiliarios de cualquier naturaleza, incluyendo edificaciones de viviendas, oficinas, centros comerciales, bodegas, instalaciones industriales o mixtas. Cuarto: Realizar operaciones de inversión de capitales mobiliarios e inmobiliarios, tales como la adquisición, administración, permuta, enajenación o gravamen de acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos o de inversión, derechos sociales u otros valores mobiliarios de oferta pública o privada. Quinto: Invertir, participar o asociarse en otras sociedades o entes jurídicos, sean civiles o mercantiles, nacionales o extranjeros, cuyos fines sean semejantes, complementarios o conexos con los de esta sociedad. Sexto: Celebrar toda clase de actos y contratos de administración y disposición, incluso aquellos que requieran estipulación especial conforme a la ley, tales como otorgar avales, fianzas, garantías personales o reales, constituir hipotecas, prendas u otros gravámenes. Séptimo: Celebrar contratos de sociedad, cuentas en participación, consorcios, asociaciones o mandatos, siempre que su objeto se relacione con el giro de la presente sociedad Octavo: Enajenar o gravar activos de cualquier especie, sean muebles, inmuebles, valores o derechos, siempre que ello contribuya al desarrollo o financiamiento de los fines sociales. Noveno: Ejecutar todos aquellos actos y contratos necesarios o convenientes para el cumplimiento de su objeto social, ya sea en forma directa o indirecta, comprendiendo en ello todas las actividades conexas, complementarias o derivadas que conduzcan al mejor logro de los fines sociales. Se deja constancia de que las actividades enumeradas precedentemente se entenderán enunciativas y no limitativas, de manera que el objeto social comprenderá, asimismo, todas aquellas operaciones que guarden relación con las materias antes indicadas o que sean conducentes a su debido desarrollo.- Duración: Indefinida.- Capital: $50.000.000, dividido en 50 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, que se suscriben por DAVID MOISÉS LUENGO MANCILLA y doña FLAVIA NATALY ORTIZ TRONCOSO con 25 acciones cada uno, mediante el aporte en dominio de propiedades individualizadas en escritura social tasadas de común acuerdo en $50.000.000. En consecuencia, se encuentra totalmente suscrito y enterado el capital social. LA ADMINISTRACIÓN corresponderá a don DAVID MOISÉS LUENGO MANCILLA con amplias facultades. Demás estipulaciones escritura extractada.-