CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD DE INVERSIONES GUIÑEZ Y ROMERO SpA

CVE 2814533
Capital
$525.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de mayo de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
18 de mayo de 2026
Repertorio
8824/2026
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$525.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

a) Inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluyendo valores mobiliarios, acciones y derechos en sociedades o cuotas en comunidades, tanto en Chile como en el extranjero; b) Prestar todo tipo de servicios profesionales, asesoría, consultoría, auditoria, formulación, elaboración de proyectos, implementación y)o ejecución de los mismos en las áreas: legal, recursos humanos, administrativa, contable, tributaria, financiera, publicitaria, marketing en general, ventas, comercio exterior, transporte, etc; c) Las actividades antes señaladas se podrán realizar por cuenta propia o ajena, y)o en asociación con terceros; d) En general, toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, así como cualquier otra actividad o negocio que acuerden los

Administración

La administración se sujetará a siguientes reglas: a) No existirá directorio; b) La sociedad será administrada por SOLEDAD MARIBEL GUIÑEZ URIBE y LUIS ALBERTO ROMERO VIVALLOS. Los administradores podrán actuar conjunta o separadamente, y con idénticas facultades, las que se establecen en la cláusula Vigésima Séptima de los estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Titular de la Octava Notaría de Santiago, con Oficio en calle número Huérfanos 941 local 302, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 20 de Abril del 2026, Repertorio N° 8824/2026, ante mí, comparece, LUIS ALBERTO ROMERO VIVALLOS, y SOLEDAD MARIBEL GUIÑEZ URIBE los comparecientes constituyeron Sociedad por Acciones, cuyo extracto es el siguiente: NOMBRE: “SOCIEDAD DE INVERSIONES GUIÑEZ Y ROMERO SpA”, nombre de fantasía “INVERSIONES G&R SpA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales en otros puntos del país. DURACIÓN: Indefinida. OBJETO: a) Inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluyendo valores mobiliarios, acciones y derechos en sociedades o cuotas en comunidades, tanto en Chile como en el extranjero; b) Prestar todo tipo de servicios profesionales, asesoría, consultoría, auditoria, formulación, elaboración de proyectos, implementación y/o ejecución de los mismos en las áreas: legal, recursos humanos, administrativa, contable, tributaria, financiera, publicitaria, marketing en general, ventas, comercio exterior, transporte, etc; c) Las actividades antes señaladas se podrán realizar por cuenta propia o ajena, y/o en asociación con terceros; d) En general, toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, así como cualquier otra actividad o negocio que acuerden los accionistas. CAPITAL: $525.000.000, dividido en 525 acciones de una misma y única serie, nominativas, indivisibles y sin valor nominal, suscritas, y pagadas por los socios conforme se establece en acto de constitución, según siguiente detalle: UNO) LUIS ALBERTO ROMERO VIVALLOS, suscribe 324 acciones, que entera y paga de la siguiente manera: A) Entera y paga en acto de constitución 242 acciones, aportando en dominio los inmuebles que se señalan en escritura de constitución por un valor de $242.000.000; B) Quedan pendiente de pago 82 acciones suscritas, las que se enterarán en un plazo máximo de tres años; DOS)SOLEDAD MARIBEL GUIÑEZ URIBE, suscribe y paga en acto de constitución 201 acciones, aportando en dominio los inmuebles que se señalan en escritura de constitución por un valor de $201.000.000. ADMINISTRACION: La administración se sujetará a siguientes reglas: a) No existirá directorio; b) La sociedad será administrada por SOLEDAD MARIBEL GUIÑEZ URIBE y LUIS ALBERTO ROMERO VIVALLOS. Los administradores podrán actuar conjunta o separadamente, y con idénticas facultades, las que se establecen en la cláusula Vigésima Séptima de los estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 18 de Mayo de 2026.