COOPERATIVA ARTÍSTICA Y DIGITAL RONDA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de abril de 2026
- Repertorio
- 2182-2025
- Notario
- Juan Miguel Cortés Michea
- Oficio
- Primera Notaria de San Felipe
- Comuna
- San Felipe
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley N° 19.499
Objeto social
Se ratifica en todo lo demás la escritura saneada
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| COOPERATIVA ARTÍSTICA Y DIGITAL RONDA LIMITADA | socio | 65196144-0 | — | — | Rancagua |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Miguel Cortés Michea, Notario Público Interino, de la Primera Notaria de San Felipe, calle Arturo Prat N° 1042, comuna de San Felipe, certifica, escritura pública 22 de Abril de 2026 ante mí, doña Valentina María Clavero García, cedula de identidad número 19.582.470-3, en representación de COOPERATIVA ARTÍSTICA Y DIGITAL RONDA LIMITADA, RUT N° 65.196.144-0, con domicilio en Avenida Bello Horizonte N° 845, oficina 302, piso 3, Torre B, comuna de Rancagua, vino en sanear, de conformidad con la Ley N° 19.499, la escritura pública de fecha 22 de octubre de 2025, Repertorio N° 2.182-2025, otorgada ante don Juan Miguel Cortes Michea, Notario Público Interino de la Primera Notaría de San Felipe, por la cual se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Socios 2025 de la referida cooperativa, constituida por escritura pública de fecha 2 de julio de 2020, otorgada ante don Felipe Leiva Ilabaca, suplente del titular don Francisco Leiva Carvajal, e inscrita a fojas 40.861 número 19.473 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020. El saneamiento tiene por objeto subsanar el vicio formal consistente en la insuficiente explicitud del extracto anteriormente extendido respecto del carácter de modificación de estatutos del acto publicado e inscrito. En virtud del saneamiento, se deja constancia expresa de que la referida escritura contiene reforma de estatutos recaída en: uno, modificación del artículo segundo, relativo al domicilio de la cooperativa, fijándolo en la comuna de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins; dos, modificación del artículo décimo quinto, relativa a la incorporación de socios; tres, modificación del artículo trigésimo séptimo, relativa a la Junta General Obligatoria; y cuatro, incorporación de una nueva disposición especial que autoriza a doña Valentina María Clavero García para representar a la cooperativa en los actos, contratos y gestiones necesarios para la ejecución de los acuerdos adoptados en asamblea y para el cumplimiento de su objeto social. Se ratifica en todo lo demás la escritura saneada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Felipe, 20 de Mayo 2026.- J.Cortes M. Not Iterino.