MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

SOCIEDAD EDUCACIONAL LA GIROUETTE S.A.

RUT 84078500-9 CVE 2814432
Fecha instrumento
18 de mayo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de mayo de 2026
Repertorio
2298-2026
Notario
OCTAVIO FRANCISCO GUTIÉRREZ LÓPEZ
Oficio
30° Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OCTAVIO FRANCISCO GUTIÉRREZ LÓPEZ, Notario Público Titular 30° Notaría Santiago, Avenida Libertador Bernardo O`Higgins N°980, oficinas 134-135, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, Repertorio Nº 2.298-2026, se redujo Acta Junta Extraordinaria de Accionistas SOCIEDAD EDUCACIONAL LA GIROUETTE S.A, inscrita fs. 1.606 Nº932 año 1975, Registro Comercio Conservador Bienes Raíces de Santiago, celebrada el mismo día con mi presencia, en que el 100% de los accionistas acuerdan modificar los estatutos de la sociedad sustituyendo el artículo segundo por el siguiente: “ARTICULO SEGUNDO: El objeto único y exclusivo de la sociedad será la educación. Para el cumplimiento de dicho objeto, la sociedad podrá crear, fundar, organizar, sostener, administrar, dirigir y desarrollar uno o más establecimientos educacionales, en los niveles de educación parvularia, básica y media, y en las demás modalidades, programas o actividades educativas que permita la normativa vigente, pudiendo impartir enseñanza formal, actividades formativas, curriculares, extracurriculares, culturales, artísticas, deportivas, científicas, tecnológicas, de idiomas, de orientación, reforzamiento, nivelación, preparación académica y extensión educativa, especialmente aquellas vinculadas a la enseñanza de la lengua y cultura francesa y al respectivo proyecto educativo institucional. Asimismo, y sólo en cuanto sean necesarias, accesorias o directamente relacionadas con el cumplimiento de su objeto educacional, la sociedad podrá desarrollar, contratar y ejecutar actividades de apoyo pedagógico, capacitación y perfeccionamiento en materias educacionales, elaboración, adquisición, uso, distribución y entrega de textos, materiales, recursos didácticos y tecnológicos, celebración de convenios educacionales, y todos los actos y contratos necesarios para el funcionamiento, administración, mantención y desarrollo de sus establecimientos y actividades educativas, sin que ello pueda constituir un giro distinto ni independiente del objeto único educacional Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 18 de Mayo de 2026.