INVERSIONES SAN FELIPE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de mayo de 2026
- Repertorio
- 36739-2026
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- 2° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $254.198.444 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: Que por escritura pública otorgada con fecha 7 de mayo de 2026, anotada bajo el repertorio N°36.739-2026, ante mí, doña María Eliana del Río Phillips, Kanton Continental, Inc. y Exportadora Maitenal Limitada todos domiciliados para estos efectos en Miraflores 222, piso 28 norte, comuna de Santiago, Región Metropolitana; acordaron la modificación de la sociedad de responsabilidad limitada denominada INVERSIONES SAN FELIPE LIMITADA, Rut N°78.710.730-3, inscrita a fojas 10.240, número 8.293, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1995 (la “Sociedad”), en el siguiente sentido: Uno. Doña María Eliana del Río Phillips, vendió, cedió y transfirió el 0,01% de los derechos sociales de la Sociedad a Exportadora Maitenal Limitada, incorporándose como nuevo socio. Dos. Como consecuencia de la referida cesión de derechos, los actuales y únicos socios de la Sociedad, acuerdan sustituir el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. El capital de la Sociedad es la suma de $254.198.444, que ha sido íntegramente aportado y que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: (a) Kanton Continental, Inc., a quien corresponde el 83,7% de los derechos sociales; (b) María Eliana del Río Phillips, a quien corresponde el 16,29% de los derechos sociales; y (c) Exportadora Maitenal Limitada, a quien corresponde el 0,01% de los derechos sociales”. En todo lo no modificado expresamente, permanece plenamente vigente el pacto social y sus modificaciones, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Francisco Javier Leiva Carvajal. Notario Público. Santiago, 12 de mayo de 2026.