Inversiones Green SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 20941-2025
- Notario
- JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRODER
- Oficio
- 45° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la comuna de Codegua, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins
- Duración
- La sociedad rige desde fecha de su constitución y hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil treinta, plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por nuevos períodos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su intención de poner término a la Sociedad a la expiración de cualquiera de esos períodos, manifestación que deberá constar por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación no inferior a seis meses al término del período correspondiente
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
El objeto de la sociedad será: /A/ Desarrollar inversiones, directamente o por intermedio de terceros individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: i) la compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y)o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor aplicables a cualquier tipo de industria y demás actividades complementarios y)o relacionadas incluyendo sin limitación, la explotación en el país y)o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábricas, diseños y modelos industriales; ii) la inversión de dineros y)o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y)o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y)o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; iii) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro al giro comercial; iv) actividades de servicios agrícolas y ganaderos; y, v) así como todas las actividades que accesorias, complementarias, o relacionadas a las anteriores; /B/ Prestar, por cuenta propia o ajena, servicios de administración de todo tipo de empresas y sociedades, entendiendo por estos en su más amplia acepción, los relacionados a su formación, gestión, operación, y funcionamiento; generación, desarrollo y ejecución de negocios; administración de recursos humanos, finanzas; y cualesquiera otras labores que se relacionen directa o indirectamente con la administración de empresas; C) La crianza de equinos, así como todas las actividades relacionadas con dicha finalidad, incluyendo, pero no limitándose, a su reproducción, cuidado, compra, venta y comercialización; entrenamiento, adiestramiento, participación en eventos; su transporte, logística, asesoramiento, entre otros, y cualesquiera otras actividades que se relacionen directa o indirectamente con la industria equina; D) “La compraventa, arrendamiento, adquisición, enajenación y explotación, en cualquier forma, a cualquier título, y por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes raíces y muebles, o derechos en ellos, así como su administración y percepción de sus frutos; /E/ El desarrollo, construcción y edificación de bienes raíces, rurales o urbanos, a cualquier título, y en cualquiera de sus formas, pudiendo también vender, arrendar o disponer de los construido y)o edificado en ellos, así como administrarlo y percibir sus frutos; /F/ La explotación de predios agrícolas dedicados, pero no limitándose, en cualquiera de sus formas, por cuenta propia o de terceros, a la producción, cultivo, cosecha, procesamiento, comercialización, importaciones y exportación, compra y venta, entre otros, de productos agrícolas, y todas aquellas actividades relacionadas al agro; procesamiento, empaquetamiento, transporte, distribución, compra, venta, consignación, importación, exportación y comercialización de toda clase de productos y mercaderías agrícolas, en especial fruta y otros productos agropecuarios. ARTÍCULO TERCERO:
Administración
La administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Iván Alejandro Romero Donoso, quien la representará y administrará con las más amplias facultades de administración y disposición
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRODER, Notario Público Titular de la 45° Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores número doscientos veintidós, onceavo piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha de 31 de diciembre de 2025, bajo el repertorio N° 20.941-2025, ante mí, don Iván Alejandro Romero Donoso, chileno, divorciado, agrónomo, cédula de identidad número doce millones cuatrocientos sesenta y tres mil ochocientos veinticuatro guion cero, y doña Fany Bernarda Donoso Salas, chilena, viuda, estilista, cédula de identidad número seis millones doscientos treinta y cuatro mil ciento treinta y dos guion siete, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Central número setecientos sesenta y cinco, Condominio Jardines de lo Mata, departamento número ochocientos uno, comuna de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins; en sus calidades de actuales y únicos accionistas en virtud del Registro de Accionistas que se tuvo a la vista de ”Inversiones Green SpA”, cuyo extracto de constitución se encuentra inscrito a fojas 260, número 191 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Graneros, correspondiente al año 2024, en adelante la “Sociedad”, acordaron transformarla de una sociedad por acciones a una sociedad de responsabilidad limitada, por cuyo motivo la Sociedad pasará a regirse por las disposiciones de la Ley 3.918 y por las que resulten aplicables del Código de Comercio y Código Civil, en subsidio de los estatutos que se extractan a continuación: Socios: /A/ don Iván Alejandro Romero Donoso, cédula de identidad número doce millones cuatrocientos sesenta y tres mil ochocientos veinticuatro guion cero; y /B/ doña Fany Bernarda Donoso Salas, cédula de identidad número seis millones doscientos treinta y cuatro mil ciento treinta y dos guion siete, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Central número setecientos sesenta y cinco, Condominio Jardines de lo Mata, departamento número ochocientos uno, comuna de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “Inversiones Green Limitada”. Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive en sus relaciones con los bancos y terceros bajo el nombre de fantasía de “Green Ltda.” Administración: La administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Iván Alejandro Romero Donoso, quien la representará y administrará con las más amplias facultades de administración y disposición. Capital: El capital social asciende a la suma de quince millones seiscientos cincuenta mil ciento cincuenta y un pesos, el cual se aporta de la siguiente manera: /A/ don Iván Alejandro Romero Donoso aportó, con anterioridad a este acto, la suma de quince millones cuatrocientos noventa y tres mil seiscientos cuarenta y nueve pesos; y /B/ doña Fany Bernarda Donoso Salas aportó, con anterioridad a este acto, la suma de ciento cincuenta y seis mil quinientos dos pesos. Objeto: El objeto de la sociedad será: /A/ Desarrollar inversiones, directamente o por intermedio de terceros individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: i) la compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor aplicables a cualquier tipo de industria y demás actividades complementarios y/o relacionadas incluyendo sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábricas, diseños y modelos industriales; ii) la inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; iii) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro al giro comercial; iv) actividades de servicios agrícolas y ganaderos; y, v) así como todas las actividades que accesorias, complementarias, o relacionadas a las anteriores; /B/ Prestar, por cuenta propia o ajena, servicios de administración de todo tipo de empresas y sociedades, entendiendo por estos en su más amplia acepción, los relacionados a su formación, gestión, operación, y funcionamiento; generación, desarrollo y ejecución de negocios; administración de recursos humanos, finanzas; y cualesquiera otras labores que se relacionen directa o indirectamente con la administración de empresas; C) La crianza de equinos, así como todas las actividades relacionadas con dicha finalidad, incluyendo, pero no limitándose, a su reproducción, cuidado, compra, venta y comercialización; entrenamiento, adiestramiento, participación en eventos; su transporte, logística, asesoramiento, entre otros, y cualesquiera otras actividades que se relacionen directa o indirectamente con la industria equina; D) “La compraventa, arrendamiento, adquisición, enajenación y explotación, en cualquier forma, a cualquier título, y por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes raíces y muebles, o derechos en ellos, así como su administración y percepción de sus frutos; /E/ El desarrollo, construcción y edificación de bienes raíces, rurales o urbanos, a cualquier título, y en cualquiera de sus formas, pudiendo también vender, arrendar o disponer de los construido y/o edificado en ellos, así como administrarlo y percibir sus frutos; /F/ La explotación de predios agrícolas dedicados, pero no limitándose, en cualquiera de sus formas, por cuenta propia o de terceros, a la producción, cultivo, cosecha, procesamiento, comercialización, importaciones y exportación, compra y venta, entre otros, de productos agrícolas, y todas aquellas actividades relacionadas al agro; procesamiento, empaquetamiento, transporte, distribución, compra, venta, consignación, importación, exportación y comercialización de toda clase de productos y mercaderías agrícolas, en especial fruta y otros productos agropecuarios. ARTÍCULO TERCERO: Domicilio. El domicilio de la Sociedad será la comuna de Codegua, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, sin perjuicio de las agencias, sucursales u otros establecimientos que pueda constituir o mantener en otras partes del país o del extranjero. Duración: La sociedad rige desde fecha de su constitución y hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil treinta, plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por nuevos períodos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su intención de poner término a la Sociedad a la expiración de cualquiera de esos períodos, manifestación que deberá constar por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación no inferior a seis meses al término del período correspondiente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 19 de mayo de 2026.