CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES E INMOBILIARIA ICA LIMITADA

CVE 2813972
Fecha instrumento
8 de mayo de 2026
Notaría
La Reina
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
8 de mayo de 2026
Repertorio
37850-2026
Notario
PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
La sociedad rige desde esta fecha y durará veinte años, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Administración

La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a CRISTIÁN RODRIGO AGUIRRE GAMBOA quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, con las más amplias facultades de administración y disposición, podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales Número 5.841, comuna de La Reina, CERTIFICO: que por escritura pública con fecha 08 de mayo de 2026, número de repertorio 37850-2026, ante mí, CRISTIÁN RODRIGO AGUIRRE GAMBOA y ANDREA ELIANA CARVALLO DE ZARATE, ambos domiciliados para estos efectos en Eliodoro Yañez número 1873, casa C 5, Condominio Campos de Lo Herrera, comuna de San Bernardo y de paso por esta, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyos estatutos extracto: Nombre. El nombre o razón social de la sociedad será “INVERSIONES E INMOBILIARIA ICA LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “ICA LTDA”. Domicilio. Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración. La sociedad rige desde esta fecha y durará veinte años, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento. Objeto. La Sociedad tendrá por objeto: A) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión en Chile y en el exterior, junto con la administración de estas inversiones y sus frutos; B) la participación como inversionista en todas sus formas, en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismo por cuenta propia o ajena en asociación con terceros; C) celebrar y ejecutar todos los actos y contratos que los socios estimen necesarios o convenientes para tales objetivos; y, D) en general, cualquier actividad que acuerden los socios y diga relación directa o indirecta con el objeto social. Capital. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: Uno. CRISTIÁN RODRIGO AGUIRRE GAMBOA, aporta la suma de quinientos diez mil pesos equivalentes al cincuenta y un por ciento de los derechos sociales, suma que se paga en este acto en dinero en efectivo; y, Dos. ANDREA ELIANA CARVALLO DE ZARATE, aporta la suma de cuatrocientos noventa mil pesos equivalentes al cuarenta y nueve por ciento de los derechos sociales, suma que se paga en este acto en dinero en efectivo. Administración. La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a CRISTIÁN RODRIGO AGUIRRE GAMBOA quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, con las más amplias facultades de administración y disposición, podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Administración Supletoria: En caso de inhabilidad o fallecimiento de CRISTIÁN RODRIGO AGUIRRE GAMBOA, cuestión que será necesario acreditar frente a terceros, la administración y uso de la razón social, corresponderá a ANDREA ELIANA CARVALLO DE ZARATE, quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social representará a la sociedad con las facultades descritas en escritura extractada. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de mayo de 2026.