MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ESTUDIO JURÍDICO LÓPEZ Y SANHUEZA LIMITADA

RUT 78895920-6 CVE 2814152
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
11 de mayo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de mayo de 2026
Repertorio
7682-2026
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000 CLP

Objeto social

Demás estipulaciones en escritura extractada. Estudio Jurídico López y Sanhueza Limitada rola inscrita a fojas 24.817, número 19.398, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 1996.- Santiago, 15 de mayo de 2026.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público

Administración

La administración y representación de la sociedad, con el uso de la razón social, corresponderá a don Juan Manuel López Ulloa, cédula de identidad número 6.993.671-7, a don Pablo Alejandro Sanhueza Rahmer, cédula de identidad número 9.989.838-0, a doña Camila José Román Mora, cédula de identidad número 18.273.839-5, y a don Matías Guerrero Hess, cédula de identidad número 19.456.916-5, quienes, actuando individual e indistintamente, salvo en operaciones mayores a la suma equivalente a 250 Unidades de Fomento a la fecha de la operación respectiva, en cuyo caso deberán actuar uno cualquiera de Juan Manuel López Ulloa o Pablo Alejandro Sanhueza Rahmer, con uno cualquiera de Camila José Román Mora o Matías Guerrero Hess, anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición todos los actos y contratos que sea necesario realizar y celebrar para cumplir con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, domiciliado en Luis Thayer 359, Providencia, Santiago, certifico que, por escritura pública ante mí, de fecha 11 de mayo de 2026, repertorio 7.682-2026, SOCIEDAD DE PROFESIONALES LOPEZ Y DE LA TORRE ABOGADOS LIMITADA, rol único tributario número 77.637.975-1, domiciliada en Los Militares 5.885, oficina 1.303, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, CONSULTORA L&S LIMITADA, rol único tributario número 77.638.419-4, domiciliada en Los Militares 5.885, oficina 1.303, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y GUERRERO Y ROMÁN ABOGADOS LIMITADA, rol único tributario número 78.093.569-3, domiciliada en Los Militares 5.885, oficina 1.303, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada ESTUDIO JURÍDICO LÓPEZ Y SANHUEZA LIMITADA, rol único tributario número 78.895.920-6, en el siguiente sentido: (i) SOCIEDAD DE PROFESIONALES LOPEZ Y DE LA TORRE ABOGADOS LIMITADA vendió, cedió y transfirió el 40 por ciento de sus derechos sociales en ESTUDIO JURÍDICO LÓPEZ Y SANHUEZA LIMITADA, equivalentes al 20 por ciento del interés social, a GUERRERO Y ROMÁN ABOGADOS LIMITADA, quien los compró, aceptó y adquirió para sí. El precio de la cesión y venta fue de 10.000.000 de pesos, que el comprador y cesionario pagó en los términos establecidos en la escritura extractada. (ii) CONSULTORA L&S LIMITADA vendió, cedió y transfirió el 40 por ciento de sus derechos sociales en ESTUDIO JURÍDICO LÓPEZ Y SANHUEZA LIMITADA, equivalentes al 20 por ciento del interés social, a GUERRERO Y ROMÁN ABOGADOS LIMITADA, quien los compró, aceptó y adquirió para sí. El precio de la cesión y venta fue de 10.000.000 de pesos, que el comprador y cesionario pagó en los términos establecidos en la escritura extractada. (iii) Adicionalmente se sustituyó el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, relativo a la administración de la sociedad y al uso de la razón social, designando como administradores de la sociedad a los señores Juan Manuel López Ulloa, cédula de identidad número 6.993.671-7, Pablo Alejandro Sanhueza Rahmer, cédula de identidad número 9.989.838-0, Camila José Román Mora, cédula de identidad número 18.273.839-5, y Matías Guerrero Hess, cédula de identidad número 19.456.916-5. (iv) Como consecuencia de los acuerdos anteriores, se modificaron los Artículos Cuarto y Quinto de los estatutos de la sociedad, en las siguientes materias extractables: Capital: El capital de la sociedad será la suma de 100.000 pesos, que los socios aportan, pagan y enteran de la siguiente forma: /Uno/ SOCIEDAD DE PROFESIONALES LOPEZ Y DE LA TORRE ABOGADOS LIMITADA aporta la suma de 30.000 pesos, que fue pagada y enterada con anterioridad a esta fecha, equivalente aproximadamente al 30 por ciento de los derechos sociales; /Dos/ CONSULTORA L&S LIMITADA aporta la suma de 30.000 pesos, que fue pagada y enterada con anterioridad a esta fecha, equivalente aproximadamente al 30 por ciento de los derechos sociales; y /Tres/ GUERRERO Y ROMÁN ABOGADOS LIMITADA aporta la suma de 40.000 pesos, que fue pagada y enterada con anterioridad a esta fecha, equivalente aproximadamente al 40 por ciento de los derechos sociales. Administración: La administración y representación de la sociedad, con el uso de la razón social, corresponderá a don Juan Manuel López Ulloa, cédula de identidad número 6.993.671-7, a don Pablo Alejandro Sanhueza Rahmer, cédula de identidad número 9.989.838-0, a doña Camila José Román Mora, cédula de identidad número 18.273.839-5, y a don Matías Guerrero Hess, cédula de identidad número 19.456.916-5, quienes, actuando individual e indistintamente, salvo en operaciones mayores a la suma equivalente a 250 Unidades de Fomento a la fecha de la operación respectiva, en cuyo caso deberán actuar uno cualquiera de Juan Manuel López Ulloa o Pablo Alejandro Sanhueza Rahmer, con uno cualquiera de Camila José Román Mora o Matías Guerrero Hess, anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición todos los actos y contratos que sea necesario realizar y celebrar para cumplir con el objeto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Estudio Jurídico López y Sanhueza Limitada rola inscrita a fojas 24.817, número 19.398, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 1996.- Santiago, 15 de mayo de 2026.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.-