Dlocal Chile SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2026
- Notario
- María Soledad Lascar Merino
- Oficio
- 38° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.001 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, certifico que: Por escritura pública de fecha 14 de mayo de 2026, otorgada ante mí, bajo el repertorio número 25.294-2026, se redujo a escritura pública el acta de la junta general extraordinaria de accionistas de Dlocal Chile SpA (en adelante la “Sociedad”), Rol Único Tributario N°76.923.783-6, inscrita a fojas 60.845 número 31.178 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018, celebrada ante mí, con fecha 12 de mayo de 2026, en la que la totalidad de sus accionistas, quienes representan el 100% de las acciones con derecho a voto, según el registro de accionistas que se tuvo a la vista, acordó lo siguiente: (i) Subsanar el vicio formal consistente en la suscripción del aumento de capital y emisión de la nueva acción, que fue acordado mediante junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad, celebrada con fecha 27 de octubre de 2025, cuya acta se redujo a escritura pública de fecha 12 de noviembre de 2025, bajo el repertorio número 61.661-2025, otorgada ante la Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, doña María Soledad Lascar Merino, domicilio ya indicado. Lo anterior, toda vez que, se incurrió en un error involuntario, relacionado con el cumplimiento imperfecto de las menciones que se deben de incluir en las respectivas escrituras, toda vez que, respecto de la forma y plazo para suscribir la nueva acción emitida, se señaló que dicha nueva acción iba a ser suscrita y pagada por el nuevo accionista Dlocal Holding Uruguay S.A. con ocasión de su futuro ingreso como accionista, quien no se encontraba presente en la mencionada junta, en circunstancias que posteriormente se señaló que el capital estaba íntegramente suscrito y pagado, cuando correspondía indicar el plazo para suscribir y pagar dicha nueva acción. En razón de lo anterior se modificaron los artículos transitorios de la Sociedad señalando el plazo para suscribir la nueva acción emitida; (ii) Aumentar el capital de la Sociedad, desde la suma de $1.001.000 dividido en 1.001 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, a la suma de $100.000.000, dividido en 100.000 acciones de iguales características, íntegramente suscritas y pagadas, mediante la emisión de 98.999 nuevas acciones, liberadas de pago, de la misma serie, características y valor que las actualmente existentes, suscritas por los accionistas en el mismo acto. Se deja constancia que el referido aumento de capital se realizó mediante la capitalización de reservas acumuladas por la suma de $98.999.000, ascendiendo, finalmente, el capital a la suma de $100.000.000, dividido en 100.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una y se encuentra íntegramente suscrito y pagado; y (iii) Modificar el artículo Quinto y Primero Transitorio de los estatutos dando cuenta del aumento de capital ya referido. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 18 de mayo de 2026.