Bakelite Resinas SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de marzo de 2026
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- 2ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $35.102.019.356 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Peach Holdco Limited | socio | 59314090-3 | — | — | |
| Bakelite Resinas SpA | socio | 77195620-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública otorgada con fecha 31 de marzo de 2026, ante mí, bajo el repertorio número 25.867-2026, Peach Holdco Limited, RUT N°59.314.090-3, en su calidad de único y actual accionista de Bakelite Resinas SpA, RUT N° 77.195.620-3, (la “Sociedad”), acordó: i) Aumentar el capital de la Sociedad, de la suma de $35.102.019.356, dividido en 4.765.411 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, y sin valor nominal, a la cantidad de $70.616.992.388, dividido en 9.586.884 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, y sin valor nominal; esto es, un aumento de capital por la cantidad de $35.514.973.032, mediante la emisión de 4.821.473 acciones de pago nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, y sin valor nominal; y ii) Modificar los estatutos de la Sociedad en el siguiente sentido: /a/ Reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la Sociedad es la suma de setenta mil seiscientos dieciséis millones novecientos noventa y dos mil trescientos ochenta y ocho pesos, dividido en nueve millones quinientos ochenta y seis mil ochocientos ochenta y cuatro acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos. Si el capital inicial o sus posteriores aumentos no se pagaren oportunamente al vencimiento de los respectivos plazos, el capital quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado tendrán, sin perjuicio de ello, todos los derechos que los Estatutos o la ley les asignen durante todo el tiempo que transcurra desde su emisión hasta el vencimiento del plazo establecido para su pago”; y /b/ Modificar el Artículo Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad es la suma de setenta mil seiscientos dieciséis millones novecientos noventa y dos mil trescientos ochenta y ocho pesos, dividido en nueve millones quinientos ochenta y seis mil ochocientos ochenta y cuatro acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Sociedad se encuentra inscrita a fojas 871, número 833 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción correspondiente al año 2012. Santiago, 13 de mayo de 2026. Francisco Javier Leiva Carvajal. Notario Público Titular.