AGRÍCOLA ERNESTO SEGUNDO MARTÍNEZ NOCHES E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 12 de mayo de 2026
- Notario
- HERNAN OSVALDO NESBET JARAMILLO
- Domicilio
- y Conservador de Bienes Raíces de Río Bueno
Sociedad
- Capital
- $36.000.000 CLP
- Domicilio
- Parcela cuarenta y tres, Mantilhue Centro, Comuna de Río Bueno, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La explotación del giro agrícola, pecuario y forestal, en predios propios o ajenos, bajo la forma de arrendamiento, cesión, usufructo, o a cualquier otro título gratuito u oneroso; b) La explotación del giro de ganadería, cría, recría y engorda de ganado en general; c) La compra, venta, comercialización, elaboración, distribución, transformación, importación y exportación de productos agrícolas y ganaderos; d) Compra y venta de ganado; e) La compra y venta de bosques y plantaciones; f) La forestación y reforestación de predios, la explotación y comercialización de maderas; g) La compra, venta, comercialización, distribución, representación, importación y exportación de toda clase de bienes muebles que sean necesarios o accesorios al giro principal de la empresa, esto es, el agrícola, ganadero y forestal, según sea el caso; h) El transporte de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena; i) El arriendo de vehículos y maquinarias agrícolas de toda clase, propios o ajenos; j) La prestación de servicios agrícolas; k) Gestión en la obtención, administración y postulación al uso de energías renovables; l) Gestión, asesoría y postulación de proyectos afines al rubro principal, esto es, agrícola, ganadero y forestal y; m) En general, toda otra actividad afín o conexa a las anteriormente descritas o que, digan relación con su ejecución, puesta en marcha, desarrollo, gestión o, en definitiva, con el fiel y cabal cumplimiento de su cometido, ya sea de todas o algunas de las ya referidas
Administración
corresponderá a ERNESTO SEGUNDO MARTÍNEZ NOCHES, quien anteponiendo a su firma la razón social, representará a la empresa en todo tipo de actos, contratos y actuaciones de cualquier tipo, con las más amplias facultades, indicadas cláusula octava pacto constitutivo. Balance: La empresa hará balance general al treinta y uno de Diciembre de cada año. Responsabilidad: La Empresa responde exclusivamente por las obligaciones contraídas dentro de su giro, con todos sus bienes. Distribución de utilidades: Las utilidades líquidas de la empresa pertenecerán al patrimonio del titular separado del patrimonio de la empresa, una vez que se hubieren retirado y, no habrá acción contra ellas por las obligaciones de la empresa ni viceversa.- Se facultó para inscribir
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ERNESTO SEGUNDO MARTÍNEZ NOCHES | socio | 7372139-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNAN OSVALDO NESBET JARAMILLO, abogado, Notario Público Titular y Conservador de Bienes Raíces de Río Bueno, con oficio en Ejército Libertador Nº1059, Río Bueno, certifica que: Por escritura pública de fecha 12 MAYO 2026 ante mí, ERNESTO SEGUNDO MARTÍNEZ NOCHES, C.N.I. 7.372.139-3, chileno, 73 años, casado y separado totalmente de bienes, agricultor, domiciliado en Mantilhue Centro, Comuna Río Bueno, mayor de edad, constituye empresa individual de responsabilidad limitada. Nombre: AGRÍCOLA ERNESTO SEGUNDO MARTÍNEZ NOCHES E.I.R.L., pudiendo también usar, nombre de fantasía AGRÍCOLA EL MAÑÍO E.I.R.L. Domicilio: Parcela cuarenta y tres, Mantilhue Centro, Comuna de Río Bueno, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Objeto: a) La explotación del giro agrícola, pecuario y forestal, en predios propios o ajenos, bajo la forma de arrendamiento, cesión, usufructo, o a cualquier otro título gratuito u oneroso; b) La explotación del giro de ganadería, cría, recría y engorda de ganado en general; c) La compra, venta, comercialización, elaboración, distribución, transformación, importación y exportación de productos agrícolas y ganaderos; d) Compra y venta de ganado; e) La compra y venta de bosques y plantaciones; f) La forestación y reforestación de predios, la explotación y comercialización de maderas; g) La compra, venta, comercialización, distribución, representación, importación y exportación de toda clase de bienes muebles que sean necesarios o accesorios al giro principal de la empresa, esto es, el agrícola, ganadero y forestal, según sea el caso; h) El transporte de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena; i) El arriendo de vehículos y maquinarias agrícolas de toda clase, propios o ajenos; j) La prestación de servicios agrícolas; k) Gestión en la obtención, administración y postulación al uso de energías renovables; l) Gestión, asesoría y postulación de proyectos afines al rubro principal, esto es, agrícola, ganadero y forestal y; m) En general, toda otra actividad afín o conexa a las anteriormente descritas o que, digan relación con su ejecución, puesta en marcha, desarrollo, gestión o, en definitiva, con el fiel y cabal cumplimiento de su cometido, ya sea de todas o algunas de las ya referidas.- Duración: Indefinida. Capital: $36.000.000. Que el constituyente enteró en el acto, aportando la totalidad de sus derechos, parte o cuota que le corresponden en el resto de la Parcela número cuarenta y tres del Fundo Mantilhue, Comuna de Río Bueno, de una superficie original de veintiocho hectáreas, Rol de avalúo 528-105, Comuna de Río Bueno, inscritos a fojas 581 vuelta número 650 Registro Propiedad CBR Río Bueno, año 2010, avaluado en $36.000.000.- Quedó enterado el aporte social. Administración: corresponderá a ERNESTO SEGUNDO MARTÍNEZ NOCHES, quien anteponiendo a su firma la razón social, representará a la empresa en todo tipo de actos, contratos y actuaciones de cualquier tipo, con las más amplias facultades, indicadas cláusula octava pacto constitutivo. Balance: La empresa hará balance general al treinta y uno de Diciembre de cada año. Responsabilidad: La Empresa responde exclusivamente por las obligaciones contraídas dentro de su giro, con todos sus bienes. Distribución de utilidades: Las utilidades líquidas de la empresa pertenecerán al patrimonio del titular separado del patrimonio de la empresa, una vez que se hubieren retirado y, no habrá acción contra ellas por las obligaciones de la empresa ni viceversa.- Se facultó para inscribir. Demás estipulaciones constan escritura extractada. RÍO BUENO, 19 de mayo de 2026.