PyR CIVIL ABOGADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de mayo de 2026
- Repertorio
- 2108-2026
- Notario
- FRANCISCO ROJAS ARRIAGADA
- Oficio
- Décimo Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $300.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tiene como objeto principal la prestación de servicios profesionales de asesoría jurídica en todas sus áreas, incluyendo, pero no limitado a, consultoría, representación judicial y extrajudicial, elaboración de informes, redacción de contratos y gestiones ante órganos públicos o privados. También será parte del giro el desarrollo de actividades académicas, de investigación y docencia relacionadas al
Administración
La representación, administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponde a don EDUARDO PICAND ALBÓNICO, don, RODRIGO HERNÁN RÍOS ÁLVAREZ, y don RAMÓN ANDRÉS ROJAS DE AZEVEDO, quienes actuando dos cualquiera de ellos, de manera conjunta y anteponiendo sus firmas a la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Público Interino de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, Mardoqueo Fernández Nº201, oficinas 101 y 102, Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 07 de mayo de 2026, repertorio Nº2.108-2026, ante mí, don EDUARDO PICAND ALBÓNICO, C.I.N°13.434.274-9; don RODRIGO HERNÁN RÍOS ÁLVAREZ, C.I.N°13.449.336-4 y don RAMÓN ANDRÉS ROJAS DE AZEVEDO, C.I.N°16.913.766-8, todos domiciliados, para estos efectos, en Avenida Alonso de Córdova, N°5320, oficina 1901, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: El nombre de la sociedad es “PyR CIVIL ABOGADOS LIMITADA”. Objeto: La Sociedad tiene como objeto principal la prestación de servicios profesionales de asesoría jurídica en todas sus áreas, incluyendo, pero no limitado a, consultoría, representación judicial y extrajudicial, elaboración de informes, redacción de contratos y gestiones ante órganos públicos o privados. También será parte del giro el desarrollo de actividades académicas, de investigación y docencia relacionadas al giro. Los servicios serán prestados por intermedio de sus socios, asociados y/o con la colaboración de dependientes coadyuvantes, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero. Sin perjuicio de lo anterior, podrá además llevar a cabo todos aquellos actos y contratos que, de manera directa o indirecta, guarden relación con la prestación de las asesorías profesionales mencionadas. Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otras ciudades del país o en el extranjero. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $300.000, que los socios aportan en dinero en efectivo, de la siguiente forma: don EDUARDO PICAND ALBÓNICO, la cantidad de $100.000, equivalente al 33,33% del total del capital social; don RODRIGO HERNÁN RÍOS ÁLVAREZ, la cantidad de $100.000, equivalente al 33,33% del total del capital social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes; y, don RAMÓN ANDRÉS ROJAS DE AZEVEDO, la cantidad de $100.000, equivalente al 33,33% del total del capital social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Administración y uso de la razón social: La representación, administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponde a don EDUARDO PICAND ALBÓNICO, don, RODRIGO HERNÁN RÍOS ÁLVAREZ, y don RAMÓN ANDRÉS ROJAS DE AZEVEDO, quienes actuando dos cualquiera de ellos, de manera conjunta y anteponiendo sus firmas a la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de mayo de 2026.