LCM AUTOMOTRIZ SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de mayo de 2026
- Repertorio
- 11367-2026
- Comuna
- Santiago
Objeto social
a) Dar en arrendamiento automóviles y, en general, dar en arriendo toda clase de vehículos motorizados, sean de pasajeros o de carga; b) La importación, exportación, compra, venta, arriendo, mantención, reparación, restauración, comercialización y distribución, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de vehículos motorizados y de sus repuestos, accesorios, partes y piezas; c) Explotar establecimientos dedicados a la reparación y mantención de vehículos motorizados; d) La importación, exportación, compra, venta, comercialización, distribución y venta al por mayor de maquinaria, herramientas, equipos industriales y materiales, así como de sus repuestos, accesorios, partes y piezas; e) El arrendamiento y alquiler de todo tipo de maquinarias, equipos industriales, mecánicos, eléctricos y electrónicos, con o sin operario; f) La prestación de servicios técnicos, de mantención, reparación, diagnóstico y restauración de todo tipo de maquinaria y equipos industriales, mecánicos, eléctricos y electrónicos; g) En general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o conducentes al cumplimiento del objeto social o que se relacionen directa o indirectamente con él; Tres: Se modifica el artículo noveno de los estatutos sociales, estableciéndose que la administración y representación de la sociedad corresponderá a doña Javiera Carolina Salas Villablanca y don Mario Alonso Cabezas Fuentes, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, con las más amplias facultades. En lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ignacio San Martín Schröder, Notario Público, titular 45ª Notaría Santiago, Miraflores 222, piso, certifica: Que por escritura pública de fecha 7 de mayo de 2026, repertorio N° 11.367-2026, ante mí, don Luis Esteban Cabezas Gatica, don Mario Alonso Cabezas Fuentes y doña Javiera Carolina Salas Villablanca, en su calidad de accionistas de la sociedad “LCM AUTOMOTRIZ SpA”, Rol Único Tributario N° 78.041.805-2, inscrita a fojas 5.190 N° 2.148 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2025, acordaron modificar los estatutos sociales en los siguientes términos: Uno: Se modifica el artículo primero de los estatutos sociales, reemplazándose la razón social por “INMALUCA CHILE SpA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía el mismo. Dos: Se modifica el artículo cuarto relativo al objeto social, el cual queda como sigue: La sociedad tendrá por objeto: a) Dar en arrendamiento automóviles y, en general, dar en arriendo toda clase de vehículos motorizados, sean de pasajeros o de carga; b) La importación, exportación, compra, venta, arriendo, mantención, reparación, restauración, comercialización y distribución, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de vehículos motorizados y de sus repuestos, accesorios, partes y piezas; c) Explotar establecimientos dedicados a la reparación y mantención de vehículos motorizados; d) La importación, exportación, compra, venta, comercialización, distribución y venta al por mayor de maquinaria, herramientas, equipos industriales y materiales, así como de sus repuestos, accesorios, partes y piezas; e) El arrendamiento y alquiler de todo tipo de maquinarias, equipos industriales, mecánicos, eléctricos y electrónicos, con o sin operario; f) La prestación de servicios técnicos, de mantención, reparación, diagnóstico y restauración de todo tipo de maquinaria y equipos industriales, mecánicos, eléctricos y electrónicos; g) En general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o conducentes al cumplimiento del objeto social o que se relacionen directa o indirectamente con él; Tres: Se modifica el artículo noveno de los estatutos sociales, estableciéndose que la administración y representación de la sociedad corresponderá a doña Javiera Carolina Salas Villablanca y don Mario Alonso Cabezas Fuentes, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, con las más amplias facultades. En lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 8 de mayo de 2026.