GRUAS JR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2026
- Notario
- CLAUDIO BARRENA EYZAGUIRRE
- Domicilio
- y Archivero Judicial de San Miguel
Administración
Los socios acuerdan que la representación, administración y uso de la razón social, corresponderá exclusivamente al socio don JORGE LUIS RAMIREZ SALAZAR, con las mismas facultades señalas en el pacto social constitutivo.- En todo lo no modificado, continúan vigentes estipulaciones pacto social primitivo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO BARRENA EYZAGUIRRE, Notario Público y Archivero Judicial de San Miguel, Gran Av. J. M. Carrera 2572, San Miguel, Certifica: Por escritura pública de fecha 14-05-2026, ante mí, JORGE LUIS RAMIREZ SALAZAR, C.I. N° 9.859.315-2, TANIA NATALIE GONZALEZ BARRIGA, C.I. N° 10.721.491-7, ambos en calle Alfonso Donoso N° 421, comuna de San Bernardo, y JAVIERA NATALIE RAMIREZ GONZALEZ, C.I. N° 19.959.307-2, domiciliada en Inés Matte Urrejola N° 0865, dpto.. 514, Providencia. Modifican “GRUAS JR LIMITADA” nombre de fantasía “GRUAS JR LIMITADA”, RUT 76.061.898-5. Constituida 18-06-2009, ante Notario de Santiago don Roberto Mosquera Gallegos, Inscrita fs. 28.467, Nº 19.594 C.B.R.STGO 2009, D.O. del 30-06-2009. Con modificaciones posteriores. Modificación consiste a) CESION: 1.- La socia doña TANIA NATALIE GONZALEZ BARRIGA, vende, cede y transfiere a la socia doña JAVIERA NATALIE RAMIREZ GONZALEZ, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de sus derechos de la sociedad, equivalentes al 30% por un precio de $1.500.000, enterados en este acto y en dinero en efectivo, ingresando a caja social.- Como consecuencia, el porcentaje de participación de los socios queda como sigue: A) don JORGE LUIS RAMIREZ SALAZAR, con el 70% del capital social; y B) doña JAVIERA NATALIE RAMIREZ GONZALEZ, con el 30% del capital social.- b) Administración y uso de la razón social: Los socios acuerdan que la representación, administración y uso de la razón social, corresponderá exclusivamente al socio don JORGE LUIS RAMIREZ SALAZAR, con las mismas facultades señalas en el pacto social constitutivo.- En todo lo no modificado, continúan vigentes estipulaciones pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada.- San Miguel, 18 de Mayo de 2026.