Instrumento
- Comuna
- El Loa Calama
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Objeto social
a) La prestación de servicios integrales de ingeniería, arquitectura y construcción en general, incluyendo la edificación de casas, viviendas y obras civiles; b) El diseño, construcción, equipamiento y mantenimiento de piscinas, terrazas, paisajismo y obras de esparcimiento; c) El desarrollo de proyectos hidráulicos, diseño, ejecución y mantenimiento de instalaciones hidráulicas, sanitarias, redes de fluidos y sistemas de bombeo; el diseño e instalación de sistemas de protección contra incendios; y la implementación, reparación y mantención de sistemas de presurización de fluidos, grupos de presión y equipos de bombeo automatizados; d) La ejecución de instalaciones eléctricas de baja y media tensión, proyectos de iluminación y automatización; e) La aplicación de revestimientos técnicos industriales, impermeabilizaciones, protección anticorrosiva y sellado de piscinas, estanques, depósitos y superficies para la minería e industria; f) La prestación de servicios de consultoría técnica y asesorías integrales de ingeniería; auditorías de proyectos; Inspección Técnica de Obra (ITO); peritajes técnicos; elaboración, revisión y validación de planos, memorias de cálculo y especificaciones técnicas; gestión de proyectos (Project Management) y estudios de factibilidad hidráulica y eléctrica; g) La compra, venta, importación, exportación y distribución de materiales de construcción e insumos técnicos relacionados; y cualquier otra actividad relacionada que los accionistas acuerden en el futuro. Administración y Uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEn Calama, República de Chile a siete de mayo del año dos mil veintiséis, ante mí GONZALO HEBER NEIRA NOVOA, chileno, casado, abogado Notario Público Titular De La Cuarta Notaría de El Loa Calama, con domicilio en Avenida Balmaceda número mil setecientos cincuenta, oficinas uno y dos, Edificio Torre de Cobre, de la comuna de Calama, certifica: por escritura veintitrés de abril del dos mil veintiséis, ante mí, don EDWIN LOPEZ SANCHEZ y doña GISELLE ALEJANDRA RAMOS CARRIZO, constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN R&L SpA.”, nombre de fantasía "R&L SpA.". Objeto: a) La prestación de servicios integrales de ingeniería, arquitectura y construcción en general, incluyendo la edificación de casas, viviendas y obras civiles; b) El diseño, construcción, equipamiento y mantenimiento de piscinas, terrazas, paisajismo y obras de esparcimiento; c) El desarrollo de proyectos hidráulicos, diseño, ejecución y mantenimiento de instalaciones hidráulicas, sanitarias, redes de fluidos y sistemas de bombeo; el diseño e instalación de sistemas de protección contra incendios; y la implementación, reparación y mantención de sistemas de presurización de fluidos, grupos de presión y equipos de bombeo automatizados; d) La ejecución de instalaciones eléctricas de baja y media tensión, proyectos de iluminación y automatización; e) La aplicación de revestimientos técnicos industriales, impermeabilizaciones, protección anticorrosiva y sellado de piscinas, estanques, depósitos y superficies para la minería e industria; f) La prestación de servicios de consultoría técnica y asesorías integrales de ingeniería; auditorías de proyectos; Inspección Técnica de Obra (ITO); peritajes técnicos; elaboración, revisión y validación de planos, memorias de cálculo y especificaciones técnicas; gestión de proyectos (Project Management) y estudios de factibilidad hidráulica y eléctrica; g) La compra, venta, importación, exportación y distribución de materiales de construcción e insumos técnicos relacionados; y cualquier otra actividad relacionada que los accionistas acuerden en el futuro. Administración y Uso Razón Social: será ejercido por doña Giselle Alejandra Ramos Carrizo. Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en doscientas acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; así el accionista don Edwin López Sánchez, ya individualizado, suscribe y paga en este acto la suma de $500.000, correspondiente a cien acciones y doña Giselle Alejandra Ramos Carrizo, ya individualizada, suscribe y paga en este acto la suma de $500.000, correspondiente a cien acciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Calama, veintitrés de Abril 2026.