Instrumento
- Fecha
- 27 de abril de 2026
- Notario
- MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto directamente o por intermedio de terceros, individualmente o conjunto con otros: la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; su adquisición, enajenación, comercialización, por cuenta propia o ajena y en cualquier forma y la administración de tales bienes y de las rentas a que esta dé lugar, la toma de toda clase de instrumentos financieros que ofrezcan los bancos o entidades financieras, efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces, cuotas en ellos, sea en moneda nacional o extranjera, pudiendo comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés o participar como socio de empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar, por cuenta propia o de terceros cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones, y en general la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Abogado, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida El Golf número noventa y nueve, oficina ciento uno B, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 27 de abril de 2026, con repertorio número 3453-2026, ante mí: don CARLOS IGNACIO GARCÍA JIMÉNEZ, constituyó una sociedad por acciones cuyos estatutos son los siguientes. Nombre: WGB SpA, pudiendo usar, además, como nombre de fantasía, “WGB”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto directamente o por intermedio de terceros, individualmente o conjunto con otros: la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; su adquisición, enajenación, comercialización, por cuenta propia o ajena y en cualquier forma y la administración de tales bienes y de las rentas a que esta dé lugar, la toma de toda clase de instrumentos financieros que ofrezcan los bancos o entidades financieras, efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces, cuotas en ellos, sea en moneda nacional o extranjera, pudiendo comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés o participar como socio de empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar, por cuenta propia o de terceros cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones, y en general la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000 pesos, dividido en 1.000 acciones nominativas ordinarias, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas de acuerdo al Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de mayo de 2026. Magdalena Sofia Latorre Larraín. Notario Público Interino.