SALAZAR FICA ASOCIADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de mayo de 2026
- Notario
- ELENA LEYTON CARVAJAL
- Oficio
- Cuarta Notaría de Temuco
- Comuna
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Duración
- 5 años contado de esta fecha y se prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años, si ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término forme indicada escritura
Objeto social
es el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial: a) asesorías, investigación, innovación, informática, elaboración de proyectos, consultorías, instalaciones deportivas, actividades recreativas y de entretenimiento; b) elaboración de estudios de impacto de evaluación ambiental, declaraciones de impacto ambiental, asesorías ambientales, auditorías ambientales, permisos ambientales y cualquier otra actividad comercial relacionada directa o indirectamente con todo lo anterior; c) compra y venta de vehículos tanto usado como nuevos; d) la explotación de establecimientos de comercio e industriales, para la obtención y comercialización de dichos productos y prestación de dichos servicios; e) la prestación de toda clase de servicios comerciales, industriales y profesionales relacionados con lo anterior; f) realizar cualquier otra actividad relacionada, directa o indirectamente, con todo lo anterior, y g) en general, cualquier otro negocio que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalELENA LEYTON CARVAJAL, abogado, Notario Público, titular de la Cuarta Notaría de Temuco, con asiento en esta comuna, calle Claro Solar N° 831, Temuco, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, don RODOLFO ALEJANDRO SALAZAR FICA, ingeniero ejecución informático, El Monte 02097, Temuco, don JOSE MIGUEL SALAZAR FICA, ingeniero civil ambiental, Los Tulipanes 1705, Temuco; y don ARNOLDO JAVIER SALAZAR FICA, profesor de educación física, Chungará 01460, Temuco; constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, a monto aportes. Nombre o razón social SALAZAR FICA ASOCIADOS LIMITADA, nombre de fantasía FICA LTDA. Domicilio; Temuco, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país.- Objeto: es el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial: a) asesorías, investigación, innovación, informática, elaboración de proyectos, consultorías, instalaciones deportivas, actividades recreativas y de entretenimiento; b) elaboración de estudios de impacto de evaluación ambiental, declaraciones de impacto ambiental, asesorías ambientales, auditorías ambientales, permisos ambientales y cualquier otra actividad comercial relacionada directa o indirectamente con todo lo anterior; c) compra y venta de vehículos tanto usado como nuevos; d) la explotación de establecimientos de comercio e industriales, para la obtención y comercialización de dichos productos y prestación de dichos servicios; e) la prestación de toda clase de servicios comerciales, industriales y profesionales relacionados con lo anterior; f) realizar cualquier otra actividad relacionada, directa o indirectamente, con todo lo anterior, y g) en general, cualquier otro negocio que acuerden los socios. Administración, representación y uso de la razón social le corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios quienes obrando de esta manera y anteponiendo a sus firmas la razón social obligará y representará a la sociedad con amplias facultades. Capital; $3.000.000.- que socios aportan: Don RODOLFO ALEJANDRO SALAZAR FICA, aporta $1.000.000.-, que paga en este acto de contado, ingresado en efectivo a caja social; don ARNOLDO JAVIER SALAZAR FICA. aporta $1.000.000.-, que paga en este acto de contado, ingresado en efectivo a caja social; y don JOSÉ MIGUEL SALAZAR FICA, aporta $1.000.000.-, que paga en este acto de contado, ingresado en efectivo a caja social. Duración: 5 años contado de esta fecha y se prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años, si ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término forme indicada escritura. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Temuco, 12 mayo 2026.