NUEVO RENACER SpA
Instrumento
- Notario
- IVONNE PILAR ELGUETA CANCINO
- Oficio
- Segunda Notaría de Cauquenes
- Comuna
- Cauquenes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVONNE PILAR ELGUETA CANCINO, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Cauquenes, según consta en Decreto Económico número trescientos cincuenta y uno del Juzgado de Letras de Cauquenes, protocolizado con fecha trece de noviembre del año dos mil veintitrés, con oficio en calle Victoria número cuatrocientos cincuenta y nueve, Cauquenes, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha diez de abril de dos mil veintiséis, repertorio número cuatrocientos setenta y ocho guion dos mil veintiséis, otorgada ante mí, doña ROCÍO INÉS BRIONES LUNA, quien declara ser chilena, ingeniera, soltera, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ochocientos veinticuatro mil seiscientos veintiséis guion siete, domiciliada en calle San Eugenio número mil doscientos nueve, Departamento Dos mil doscientos doce, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; en su calidad de socia de NUEVO RENACER SpA, persona jurídica de su giro, rol único tributario número setenta y seis millones novecientos noventa y cuatro mil ciento veinticuatro guion k, vende, cede y transfiere a don RICARDO ANTONIO BRIONES BRIONES, chileno, empresario, casado bajo el régimen de separación total de bienes, cédula nacional de identidad número siete millones quinientos sesenta y dos mil ochocientos treinta y cinco guion ocho, domiciliado en Kilometro siete Monte Redondo camino Cauquenes Parral Sin número, comuna de Cauquenes, Región del Maule, el cincuenta por ciento de las acciones de la sociedad, lo que se traduce en cincuenta acciones, las que se encuentran íntegramente pagadas y debidamente registradas a su nombre en el libro de registros de accionistas de la sociedad, sin la intermediación de corredor de bolsa, así como de ninguna institución bancaria, financiera o de crédito. El precio de la compraventa de las acciones corresponde a la cantidad única, total y definitiva de dos millones de pesos, el cual el comprador pagó a la vendedora en dinero en efectivo y al contado. Así mismo las partes declaran que, por no tener tales acciones cotización bursátil, el precio ha quedado entregado a la autonomía de la voluntad, considerándolo ambas partes justo. En esta misma línea, la referida escritura pública viene a modificar la sociedad NUEVO RENACER SpA, rol único tributario número setenta y seis millones novecientos noventa y cuatro mil ciento veinticuatro guion k, inscrita en el Registro de Comercio de Cauquenes del año dos mil diecinueve, a fojas cuatro vuelta bajo el número cinco, quedando como socio el comprador don RICARDO ANTONIO BRIONES BRIONES en reemplazo de la vendedora doña ROCÍO INÉS BRIONES LUNA con sus mismas atribuciones, facultades y derechos en la sociedad. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada, Cauquenes, dieciocho de abril de dos mil veintiséis 2026.