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Instrumento
- Fecha
- 8 de mayo de 2026
- Repertorio
- 24395-2026
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| LOADINGPLAY TECH LIMITADA | socio | 76802842-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea N°3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica que: Por escritura pública de fecha 8 de mayo de 2026, bajo repertorio N°24395-2026, ante mi suplente, PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES, comparecieron i) MARÍA FRANCISCA ESCOBAR BASCUR, debidamente representada, según se acreditó, domiciliada para dichos efectos en calle Chapultepec N°5812, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago; ii) JULIÁN IGNACIO LARREA DESMADRYL, domiciliado para dichos efectos en calle Martín de Zamora N°4381, departamento 202, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; iii) LUIS FELIPE DESMADRYL LATHROP, domiciliado para dichos efectos en Avenida La Dehesa N°440, oficina 423, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago; y, iv) RICARDO EMANUEL SILVA CÁCERES, debidamente representado, según se acreditó, domiciliado para dichos efectos en calle Santa Laura S/N, comuna de Futrono, Región de los Ríos, como únicos y actuales socios de LOADINGPLAY TECH LIMITADA, RUT N°76.802.842-7 (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 76.998, número 41.460 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017, acordaron: /Uno/ la cesión de la totalidad de los derechos sociales de la señora MARÍA FRANCISCA ESCOBAR BASCUR en los términos indicados en la escritura extractada. Luego, los socios vigentes JULIÁN IGNACIO LARREA DESMADRYL, LUIS FELIPE DESMADRYL LATHROP y RICARDO EMANUEL SILVA CÁCERES acordaron: /Dos/ revocar la designación de la señora MARÍA FRANCISCA ESCOBAR BASCUR como administradora de la Sociedad, en los términos indicados en la escritura extractada; y, /Tres/ modificar los Artículos Quinto y Séptimo de los estatutos sociales, sustituyéndolos por los siguientes: /a/ “ARTÍCULO QUINTO: El capital social asciende a la suma de dos millones de pesos, el que se encuentra íntegramente aportado y enterado por los socios en la forma y proporción que a continuación se indica: i) el señor JULIAN IGNACIO LARREA DESMADRYL aporta la suma de quinientos ochenta mil pesos, equivalentes al veintinueve por ciento de los derechos sociales, suma que se encuentra íntegramente pagada; ii) el señor RICARDO EMANUEL SILVA CÁCERES aporta la suma de un millón de pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales, suma que se encuentra íntegramente pagada; y, iii) el señor LUIS FELIPE DESMADRYL LATHROP, aporta la suma de cuatrocientos veinte mil pesos, equivalentes al veintiún por ciento de los derechos sociales, suma que se encuentra íntegramente pagada.”; y /b/ “ARTÍCULO SÉPTIMO. El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá al señor JULIAN IGNACIO LARREA DESMADRYL, quien, anteponiendo a su firma la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración /en adelante el “Administrador”/. El Administrador podrá delegar todas o parte de sus facultades de administración en uno o más delegados, los que podrán actuar y representar a la Sociedad con las facultades y en la forma que se les delegue.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de Mayo de dos mil veintiséis.