MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Extremo Sur Limitada

RUT 77828740-4 CVE 2812571
Fecha instrumento
7 de abril de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de abril de 2026
Repertorio
27516-2026
Notario
FRANCISCO LEIVA CARVAJAL
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley N° 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DF/27.516 FRANCISCO LEIVA CARVAJAL, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 07 de abril de 2026, otorgada ante mí, bajo el repertorio N°27.516-2026, don Vicente Anselmo Arancibia Schulze, en representación de Pedro Pablo Pizarro Valenzuela, Patricia del Carmen Vildósola Zorzano, Pablo Patricio Pizarro Vildósola, Felipe Ignacio Pizarro Vildósola, Francisca Pizarro Vildósola, Macarena Pizarro Vildósola y Ignacio Pizarro Vildósola, otorgó escritura de Saneamiento y Rectificación de "INVERSIONES EXTREMO SUR LIMITADA", inscrita a fojas 26835 número 21762 del Registro de Comercio de Santiago del año 2002, constituida originalmente bajo el nombre "Inmobiliaria FPV Limitada". Saneamiento: Conforme a la Ley N° 19.499, se sanea la falta de publicación oportuna en el Diario Oficial del extracto de la escritura de cesión de derechos de fecha 11 de diciembre de 2025, otorgada en esta misma notaría. Rectificación y Cesión: Se rectifican los porcentajes de dicha cesión, declarando que cada socio cedente Pablo Patricio, Felipe Ignacio, Francisca, Macarena e Ignacio Pizarro Vildósola vende, cede y transfiere un 6,25% de los derechos sociales a don Pedro Pablo Pizarro Valenzuela, y un 6,25% a doña Patricia del Carmen Vildósola Zorzano. Participación Final: En consecuencia quedan como únicos socios de Inversiones Extremo Sur Limitada don Pedro Pablo Pizarro Valenzuela y doña Patricia del Carmen Vildósola Zorzano, con un 50% de participación cada uno en el capital social. En lo no modificado rigen plenamente los estatutos sociales vigentes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de mayo de 2026. F. LEIVA C. N.P.