MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Finch Encina Servicios de Transporte Limitada

RUT 76174007-5 CVE 2812539
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de mayo de 2026
Notaría
Antofagasta

Instrumento

Fecha
11 de mayo de 2026
Notario
FRANCISCO MARTÍNEZ TORRES
Oficio
6° Notaría de Antofagasta
Comuna
Antofagasta

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO MARTÍNEZ TORRES, Notario Público Titular de la 6° Notaría de Antofagasta, situada en calle Arturo Prat N° 470, local N° 3, con fecha 14 de mayo de 2026 CERTIFICO: que, por escritura pública de fecha 11 de mayo de 2026 cuyo repertorio es el número 3415-2026, otorgada ante mí, compareció doña TAMARA VANESA FINCH ENCINA, chilena, soltera, asesora de inversiones inmobiliarias, domiciliada en calle Oficina Poderosa N° 175, departamento N° 503, de ésta ciudad; doña CAROLINA GABRIELA FINCH ENCINA, chilena, divorciada, consultora de ventas, domiciliada en calle Lidia Moreno N° 177, departamento N° 708, de ésta ciudad, y don BRUNO IGNACIO BENAVENTE FINCH, chileno, soltero, empresario, domiciliado en calle Leonardo Da Vinci N° 726, de ésta ciudad, acordaron modificar la sociedad FINCH ENCINA SERVICIOS DE TRANSPORTE LIMITADA, cuyo capital social es la suma de $5.000.000. Doña TAMARA VANESA FINCH ENCINA, era titular del 99% de los derechos sociales, equivalentes a $4.950.000. Doña CAROLINA GABRIELA FINCH ENCINA es titular del 1% de los derechos sociales, equivalentes a $50.000. El objeto social consiste en: a) la prestación de servicios de transporte de personas; b) la prestación de servicio de transporte de pasajeros, trabajadores y turistas; c) la prestación de servicios de transporte de carga; d) la compra venta de vehículos motorizados; e) servicios profesionales de capacitación y educación, en el área de transporte; f) la prestación integral de toda clase de asesorías, servicios, consultorías en relación al transporte; g) capacitación laboral y/o ocupacional por cuenta propia o ajena; h) arriendo de vehículos de transporte terrestre; i) la realización de todo otro negocio que se relacione directa o indirectamente con el objeto social o a cualquiera otra actividad que los socios acuerden de consuno que sean necesarios para el cabal cumplimiento del fin social. La duración de la sociedad es de 5 años contados desde su constitución, prorrogables de forma automática por periodos iguales y sucesivos de 5 años, cada uno. En dicho instrumento, doña TAMARA VANESA FINCH ENCINA, titular del 99% del capital social, vendió, cedió y transfirió la totalidad de los derechos sociales de los que era titular, equivalentes a $4.950.000 del capital social, a don BRUNO IGNACIO BENAVENTE FINCH, quien los adquirió, compro y aceptó para sí por la suma de $4.950.000. Por lo expuesto, se modificó el tenor del Artículo Sexto de los estatutos, con el fin de reflejar la nueva participación de los socios en el capital social de la compañía. En consecuencia, don BRUNO IGNACIO BENAVENTE FINCH, es titular del 99% de los derechos sociales, representativos de la suma de $4.950.000, íntegramente pagados en arcas sociales. Por su parte, doña CAROLINA GABRIELA FINCH ENCINA, es titular del 1% de los derechos sociales, representativos de la suma de $50.000 del capital social, íntegramente pagados en arcas sociales. Seguidamente, se acordó modificar el Artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo a la administración de la compañía, el cual era ejercido por doña TAMARA VANESA FINCH ENCINA y doña CAROLINA GABRIELA FINCH ENCINA, de forma conjunta o separada. A partir de dicha modificación, la administración social la detentarán doña CAROLINA GABRIELA FINCH ENCINA y don BRUNO IGNACIO BENAVENTE FINCH, quienes la ejercerán de forma conjunta o separada e indistintamente, estando ambos facultados para administrar, representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad, como asimismo utilizar la razón social de la misma, en los términos previstos por el Artículo Quinto de los estatutos. En todo lo no modificado siguen plenamente vigente e inalteradas las disposiciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Antofagasta 14 de mayo de 2026.- DOY FE.- 91677.