MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SYNCRONA GLOBAL LOGISTICS SpA

RUT 78041773-0 CVE 2811967
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de mayo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de mayo de 2026
Repertorio
2116-26
Notario
EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
Oficio
29ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
PUNTO MÍNIMO LTD accionista 59259010-7
SYNCRONA GLOBAL LOGISTICS SpA socio 78041773-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, abogado, Notario Público, Titular 29ª Notaría Santiago, Enrique Mac Iver Nº225, piso 3, oficina 302, certifica: Por escritura pública de fecha veintitrés de abril de dos mil veintiséis, Repertorio N°2116-26, ante mí, don TOMÁS MARTÍNEZ ROCHEFORT, en representación de PUNTO MÍNIMO LTD, RUT 59.259.010-7, único accionista de la sociedad en virtud de instrumento privado de compraventa de acciones de fecha diez de marzo de dos mil veintiséis, SYNCRONA GLOBAL LOGISTICS SpA, RUT 78.041.773-0, inscrita fojas 17.980 Nº6.825 Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2025. Teniendo a la vista el Registro de Accionistas de la Sociedad, certifica que a la fecha de la escritura extractada el único accionista titular de la totalidad de las mil acciones emitidas, equivalentes al cien por ciento del capital social, es PUNTO MÍNIMO LTD, RUT 59.259.010-7. Capital: $5.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Modificó sus estatutos en los siguientes términos: 1.- Se modificó el Artículo Décimo de los estatutos: la Sociedad no tendrá Directorio; la administración, representación judicial y extrajudicial recaerá exclusiva y directamente en un Gerente General designado por la Junta de Accionistas, con las más amplias facultades conforme a los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio. 2.- Se modificó el Artículo Vigésimo Quinto de los estatutos, en los términos que constan en escritura extractada. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. - Santiago, 12 de mayo de 2026.-