Instrumento
- Fecha
- 8 de mayo de 2026
- Repertorio
- 7602-2026
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- comuna de Vitacura y ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional del Conservador de Bienes Raíces de Santiago
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración de la Sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a uno o más Administradores designados por los accionistas que representen la mayoría absoluta de las acciones emitidas; ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: Se designan administradores a doña DANIELA ALEJANDRA SOFÍA MAHANA REYES y don ETIENNE COQUELET FRAZIER.;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N° 359, comuna de Providencia, ciudad de Santiago: certifico que por escritura pública de fecha 08 de mayo de 2026, con Repertorio N° 7.602-2026, otorgada ante mí: Doña DANIELA ALEJANDRA SOFÍA MAHANA REYES y don ETIENNE COQUELET FRAZIER, constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto: NOMBRE: “INVERSIONES DPP SpA”; DOMICILIO: comuna de Vitacura y ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; OBJETO SOCIAL: La Sociedad tendrá por objeto: (i) Efectuar inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo que podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos, instrumentos del mercado de capitales, financieros u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas o en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de fondos, comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos; (ii) La prestación de servicios profesionales, asesorías, y consultorías en materias financieras, inmobiliarias, corporativas, comerciales y de desarrollo profesional u organizacional; (iii) El diseño, investigación, desarrollo, producción, programación, implementación, integración, comercialización, distribución,, representación, licenciamiento, sublicenciamiento, operación, mantención, soporte, actualización y explotación de hardware, software, plataformas digitales, plataformas móviles, aplicaciones, sitios web, herramientas de automatización documental, gestión contractual, cumplimiento regulatorio, analítica, inteligencia artificial, bases de datos y, en general, toda clase de soluciones tecnológicas, informáticas y digitales orientadas al ámbito legal, regulatorio, corporativo, tributario, financiero, administrativo, comunicacional y servicios en general; la prestación de servicios tecnológicos, digitales, informáticos y de computación, incluyendo servicios de tratamiento, procesamiento, almacenamiento e integración de datos, soporte, capacitación, implementación, desarrollo de comercio electrónico, tecnologías de la información, publicidad, marketing, marketing informático, comunicaciones y demás servicios asociados a dichas soluciones; y la explotación, adquisición, cesión, licencia, sublicencia, registro y protección de marcas, nombres de dominio, patentes, modelos, software, derechos de autor, know how, secretos empresariales y demás derechos de propiedad intelectual e industrial; (iv) La promoción, coordinación, administración, gestión, derivación, intermediación y canalización, por medios presenciales, remotos, digitales o tecnológicos, de servicios prestados por terceros independientes a usuarios o clientes, pudiendo para ello celebrar contratos de colaboración, afiliación, intermediación, referral, mandato, comisión, sublicencia, white label, soporte, back office y demás actos o contratos semejantes; todo ello dejando constancia que los servicios profesionales regulados que correspondan serán prestados directamente por terceros legalmente habilitados para ello y bajo su exclusiva responsabilidad; (v) La obtención y otorgamiento de créditos, mutuos y financiamiento a entidades relacionadas; la inversión de excedentes de caja; la realización, por cuenta propia, de operaciones de cambio, adquisición y enajenación de divisas para fines de inversión, cobertura, financiamiento o tesorería; y la constitución, otorgamiento, aceptación, alzamiento y cancelación de toda clase de garantías y cauciones reales o personales; y (vi) En general, la celebración de toda clase de actos, contratos, convenciones, negocios y operaciones civiles o mercantiles que sean complementarios, conexos, preparatorios, accesorios o conducentes al cumplimiento o desarrollo del objeto social; CAPITAL SOCIAL: $5.000.000.-, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, que se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: $1.000.000.- , correspondiente a cuatrocientas acciones, suscrito y pagado en el acto de constitución, y el saldo de $4.000.000.-, correspondiente a seiscientas acciones, que deberá pagarse en el plazo de dos años a contar de la fecha de escritura extractada.; ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración de la Sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a uno o más Administradores designados por los accionistas que representen la mayoría absoluta de las acciones emitidas; ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: Se designan administradores a doña DANIELA ALEJANDRA SOFÍA MAHANA REYES y don ETIENNE COQUELET FRAZIER.; Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 14 de mayo de 2026.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.-