ENERGYX CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de mayo de 2026
- Repertorio
- 23865-2026
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.753 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto i) la realización de toda clase de actividades relacionadas con energía renovable; ii) la extracción de litio; y)o iii) el refinamiento del litio. La Sociedad podrá realizar cualquier otra actividad de cualquier tipo que sea acordada por sus
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría Santiago, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea N°3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, CERTIFICO: que, con fecha 6 de mayo de 2026, se redujo a escritura pública, otorgada ante mí, bajo el Repertorio N°23.865-2026, el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad ENERGYX CHILE SpA (la “Sociedad”), Rol Único Tributario N° 77.722.827-7, inscrita a fojas 8.248, N°3.987, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2023, celebrada con fecha 5 de mayo de 2026 (la “Junta”) con la asistencia del único accionista de la Sociedad, Energy Exploration Technologies, Inc. (el “Accionista”). En la Junta, el Accionista acordó, entre otras materias que no son materia de extracto, lo siguiente: (a) dividir la Sociedad en dos sociedades por acciones, en la forma y condiciones que se indican en la escritura extractada. La primera sociedad, que será la continuadora legal de la Sociedad que por dicho acto se dividió, modificó su razón social por la de “BLACK GIANT SpA”, asimismo, mantuvo su personalidad jurídica, su Rol Único Tributario y sus estatutos sociales, los que se mantendrán plenamente vigentes, salvo en cuanto se expresa en escritura extractada. La segunda y nueva sociedad originada a consecuencia de la división es una sociedad por acciones cuyo nombre o razón social será “ENERGYX CHILE II SpA” (la “Nueva Sociedad”); (b) modificar la moneda en la cual se expresa el capital de la Sociedad, pasando este a estar denominado en dólares de los Estados Unidos de América (“Dólares”); (c) disminuir el capital social de la Sociedad, como consecuencia de la división anteriormente mencionada, de la suma de 28.164.805 Dólares, dividido en 2.655.864 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, todas íntegramente suscritas y pagadas, a la cantidad de 23.411.491 Dólares, sin modificar el número de acciones en que se divide el capital. La suma de 4.753.314 Dólares, resultante de la disminución de capital acordada, es la cantidad que el Accionista acuerda asignar como capital a la Nueva Sociedad; (d) modificar el objeto de la Sociedad, de manera que este permita que la Sociedad pueda realizar sus inversiones tanto en pesos chilenos como en Dólares; (e) en virtud de los acuerdos adoptados sobre la Sociedad, el Accionista acordó reemplazar, entre otros artículos que no son materia de extracto, los artículos Primero, Cuarto y Quinto de los estatutos de la Sociedad, por los siguientes: “Artículo Primero. Nombre. La sociedad por acciones tendrá el nombre de “Black Giant SpA.”; “Artículo Cuarto. Objeto. La Sociedad tendrá por objeto i) la realización de toda clase de actividades relacionadas con energía renovable; ii) la extracción de litio; y/o iii) el refinamiento del litio. La Sociedad podrá realizar cualquier otra actividad de cualquier tipo que sea acordada por sus accionistas. Asimismo, las inversiones que lleve a cabo la Sociedad se podrán realizar, a su entera discreción, en pesos chilenos o en dólares de los Estados Unidos de América”; y “Artículo Quinto. Capital. El capital social asciende a la suma de veintitrés millones cuatrocientos once mil cuatrocientos noventa y un dólares de los Estados Unidos de América, dividido en dos millones seiscientas cincuenta y cinco mil ochocientas sesenta y cuatro acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado.”; y (f) acordar los estatutos de la Nueva Sociedad que nace producto de la división, de los cuales se extracta lo siguiente: (i) Nombre: EnergyX Chile II SpA; (ii) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto i) la realización de toda clase de actividades relacionadas con energía renovable; ii) la minería y la extracción de litio y otros minerales; y/o iii) el refinamiento y producción del litio y otros minerales. La Sociedad podrá realizar cualquier otra actividad de cualquier tipo que sea acordada por sus accionistas. Asimismo, las inversiones que lleve a cabo la Sociedad se podrán realizar, a su entera discreción, en pesos chilenos o en dólares de los Estados Unidos de América; (iii) Capital: 4.753.314 Dólares, dividido en 2.655.864 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en acto de escritura extractada por el accionista Energy Exploration Technologies, Inc.- El Notario que suscribe certifica que, visto el Registro de Accionistas de la Sociedad, en la Junta se encontraban presentes y debidamente representadas la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto, las cuales eran de propiedad del Accionista en su totalidad. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. En todo lo no modificado por la escritura extractada, continúan plenamente vigentes los estatutos sociales de la Sociedad. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 12 de mayo de 2026.