MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Schwager S.A.

RUT 96766600-9 CVE 2811832
Capital
$20.510.206.435 CLP
Fecha instrumento
12 de mayo de 2026
Notaría
Vitacura

Instrumento

Fecha
12 de mayo de 2026
Repertorio
6456-2026
Notario
Luis Alberto Maldonado Concha
Oficio
Segunda Notaría de Vitacura
Comuna
Vitacura

Sociedad

Capital
$20.510.206.435 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Alberto Maldonado Concha, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Vitacura, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea número 3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que, con fecha 8 de mayo de 2026, Repertorio N°6.456-2026, se redujo ante mí, el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Schwager S.A., inscrita a fojas 68, N°44, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coronel del año 1995 y a fojas 22.461, N°18.165 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1995, celebrada con fecha 29 de abril de 2026 (la “Junta”). En la Junta se acordó, entre otras materias, lo siguiente: (a) La fusión por incorporación de Sociedad de Inversiones y Asesorías Invaos Limitada, inscrita a fojas 76, N°90 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua del año 2011 (la “Sociedad Absorbida”), en Schwager S.A. (también denominada indistintamente la “Sociedad” o la “Sociedad Absorbente”), asumiendo esta última todos los activos, pasivos, concesiones, permisos, autorizaciones, operaciones, créditos y deudas de la Sociedad Absorbida, figuren o no estos en sus inventarios y balances, y sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones en calidad de sociedad absorbente, sucesora y continuadora legal. Con motivo de la fusión, se incorpora a la Sociedad Absorbente la totalidad del patrimonio de la Sociedad Absorbida, la cual se disolverá, sin necesidad de liquidación; (b) Aprobar los estados financieros auditados de la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida, que comprenden sus balances generales o estados de situación financiera al 28 de febrero de 2026, estados de resultados y los demás estados financieros correspondientes al período comprendido entre el 1 de enero y el 28 de febrero de 2026, para los efectos de proceder a la fusión, así como el informe pericial de fecha 14 de abril de 2026 sobre el valor de las sociedades que se fusionan y la relación de canje de las acciones correspondientes, elaborado por la perito doña Mariana Lisperguer Parada; (c) Aprobar la relación de canje de acciones contemplada en la operación propuesta y analizada en el informe pericial referido en la letra (b) anterior y, en consecuencia, que los derechos sociales remanentes de don Alex Acosta Maluenda en la Sociedad Absorbida, equivalentes al 44,5946% de su capital social, sean canjeados por 3.971.867.807 acciones de nueva emisión de Schwager S.A., representativas del 15% del capital resultante de la fusión; (d) Como consecuencia de dicha fusión, aumentar el capital de Schwager S.A. de la suma de $20.510.206.435, dividido en 22.507.250.906 acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas al 29 de abril de 2026, a la suma de $24.129.654.629, dividido en 26.479.118.713 acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal. Este aumento de capital, que asciende a la cantidad de $3.619.448.194, se efectúa mediante la emisión de 3.971.867.807 nuevas acciones de pago, nominativas, ordinarias y sin valor nominal, las que serán entregadas a don Alex Acosta Maluenda en canje de sus derechos sociales remanentes en la Sociedad Absorbida, equivalentes al 44,5946% del total de los derechos sociales de dicha sociedad, como consecuencia propia de la fusión por absorción, de acuerdo con establecido en la escritura extractada; y (e) En virtud de lo anterior, se sustituyeron los Artículos Quinto Permanente y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad por los siguientes: “Artículo Quinto: Capital Social y Acciones. El capital de la sociedad es la suma de $24.129.654.629, dividido en 26.479.118.713 acciones nominativas, ordinarias, de una única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo décimo de la Ley número 18.046 sobre Sociedades Anónimas.” “Artículo Primero Transitorio: El capital social de $24.129.654.629, dividido en 26.479.118.713 acciones nominativas, ordinarias, de una única serie y sin valor nominal, se encuentra y se entenderá suscrito y pagado en la siguiente forma: A. Con la suma de $20.510.206.435, dividido en 22.507.250.906 acciones nominativas, ordinarias, de una única serie y sin valor nominal, correspondientes al capital de la sociedad íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 29 de abril de 2026. B. Con la suma de $3.619.448.194, que corresponde al aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 29 de abril de 2026, mediante la emisión de 3.971.867.807 nuevas acciones nominativas, ordinarias, de una única serie y sin valor nominal, emitidas con ocasión de la fusión por absorción de Sociedad de Inversiones y Asesorías Invaos Limitada, Rol Único Tributario número 76.134.775-6, por Schwager S.A. Las referidas 3.971.867.807 acciones serán entregadas a don Alex Acosta Maluenda en canje de sus derechos sociales remanentes en Sociedad de Inversiones y Asesorías Invaos Limitada, equivalentes al 44,5946% del total de los derechos sociales de dicha sociedad, como consecuencia propia de la fusión por absorción. Una vez producido el canje, dichas acciones se entenderán íntegramente suscritas y pagadas con motivo de la incorporación a Schwager S.A. de la totalidad del patrimonio de la sociedad absorbida, sin que dicho canje contemple pago en dinero, compensación, retiro, distribución, dividendo ni flujo efectivo alguno a favor de don Alex Acosta Maluenda. Se deja constancia que no se emitirán ni asignarán acciones a Schwager S.A. por los derechos sociales de Sociedad de Inversiones y Asesorías Invaos Limitada de que será titular al tiempo de materializarse la fusión.” Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Vitacura, 12 de mayo de 2026.