LAB4U SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de abril de 2026
- Repertorio
- 9355/2026
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.025.777.962 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| U SpA | socio | 76329956-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, local 302, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de abril de 2026, ante mí, bajo el Repertorio N° 9355/2026, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de LAB4U SpA, Rol Único Tributario N° 76.329.956-2, sociedad inscrita a fojas 10.562 número 6.596 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014 (en adelante, la “Sociedad”), celebrada con fecha 28 de abril de 2026, en la que se acordó, entre otras materias: (i) Aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $1.025.777.962, el que se pagará mediante la emisión de 1.025.777.962 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, todas las cuales quedarán pendientes de suscripción y de pago; de esta forma el capital pasa desde la suma de $670.000 dividido en 670 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, a la suma total de $1.026.447.962, dividido en 1.025.778.632 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal. (ii) Como consecuencia del acuerdo anterior, se reemplazaron los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, que se reproducen a continuación: “Artículo Quinto: El capital social asciende a la suma de $1.026.447.962 dividido en 1.025.778.632 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal. El capital podrá ser aumentado o disminuido por acuerdo de la Junta de Accionistas. Sin perjuicio de lo anterior, el Administrador quedará facultado en forma permanente para acordar aumentos de capital con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la Sociedad o para fines específicos. El plazo para enterar los aumentos de capital será de cinco años contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta acuerde un plazo diferente. En el caso de aumento de capital mediante la emisión de acciones de pago, no será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas de la Sociedad. El capital se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio de estos estatutos.”. “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.026.447.962 dividido en 1.025.778.632 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: i) Con la suma de $670.000, dividido en 670 acciones ordinarias, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y, ii) Con la suma de $1.025.777.962, dividido en 1.025.777.962 acciones ordinarias, todas nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, las que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de doce meses a contar de esta fecha.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de mayo de 2026.