CONSTRUCTORA RETAMO Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de mayo de 2026
- Notario
- PAOLA DEBORAH STACK LARA
- Oficio
- Cuarta Notaria de Viña del Mar
- Comuna
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $400.000.000 CLP
- Domicilio
- Viña del Mar
- Duración
- Cinco años esta fecha, prorrogables automáticamente períodos iguales cinco años, forma pacto
Objeto social
El objeto de la Sociedad será la planificación, el estudio de factibilidad y la ejecución de desarrollos urbanísticos; diseños arquitectónicos, construcciones, decoraciones y alhajamientos de interiores; diseños paisajistas y ejecución de jardines y áreas verdes; las construcciones de obras, y todos los actos tendientes a este cometido; la asesoría en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, proyectos de construcción y diseño industrial. Ejecutar todo tipo actos y contratos tendientes a estos fines, incluso la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, explotación de los mismos, incluso bajo permuta u otros títulos traslaticios de dominio; y toda otra operación relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con los anteriores; cualquier otro actos o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAOLA DEBORAH STACK LARA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaria de Viña del Mar, con oficio en Avenida Libertad 901, Viña del Mar, certifica que por escritura pública de fecha 11 de Mayo de 2026, ante mí, Berta Eugenia del Carmen Andreo Pessoa, chilena, divorciada, cosmetóloga, cédula nacional de identidad 7.918.717-8; don Sergio Angelo Romano Andreo, chileno, casado, periodista, cedula nacional de identidad número 16.141.670-3; don Gian Franco Romano Andreo, chileno, soltero, sociólogo, cedula nacional de identidad número 16.301.572-2; doña Catterina Ligia Romano Andreo, chilena, soltera, trabajadora social, cedula nacional de identidad número 19.618.709-K; y doña Francesca Alessandra Romano Andreo, chilena, soltera, independiente, cedula nacional de identidad número 17.753.093-K, todos con domicilio para estos especiales efectos en calle Limache número 3437 oficina 602 comuna de Viña del Mar, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada en conformidad a las prescripciones de la ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, por las disposiciones pertinentes de los Código Civil y de Comercio en lo que le sean aplicables. OBJETO: El objeto de la Sociedad será la planificación, el estudio de factibilidad y la ejecución de desarrollos urbanísticos; diseños arquitectónicos, construcciones, decoraciones y alhajamientos de interiores; diseños paisajistas y ejecución de jardines y áreas verdes; las construcciones de obras, y todos los actos tendientes a este cometido; la asesoría en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, proyectos de construcción y diseño industrial. Ejecutar todo tipo actos y contratos tendientes a estos fines, incluso la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, explotación de los mismos, incluso bajo permuta u otros títulos traslaticios de dominio; y toda otra operación relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con los anteriores; cualquier otro actos o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. RAZON SOCIAL: “CONSTRUCTORA RETAMO Y COMPAÑÍA LIMITADA” pudiendo usar para todos los efectos legales el nombre de fantasía “RETAMO LTDA”. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá en forma conjunta o separadamente de manera indistinta, a don Sergio Angelo Romano Andreo, cédula nacional de identidad número 16.141.670-3, y a don Gian Franco Romano Andreo, cédula nacional de identidad número 16.301.572-2. Facultades pacto. CAPITAL: El capital social es la suma de $400.000.000, que los socios aportan de la siguiente forma: UNO) Berta Eugenia del Carmen Andreo Pessoa, aporta la cantidad de $320.000.000, correspondiente al ochenta por ciento del capital social, que se enterará a través del aporte de inmuebles de su dominio; en dinero efectivo y/o utilidades o fondos provenientes de utilidades o de revalorizaciones legales en el plazo de 10 años de acuerdo a los requerimientos sociales; DOS) Sergio Angelo Romano Andreo, aporta la cantidad de veinte millones de pesos correspondiente al cinco por ciento del capital social, de la siguiente forma: a) Con la suma de diez millones de pesos, que se enterará en dinero efectivo y/o utilidades o fondos provenientes de utilidades o de revalorizaciones legales en el plazo de 10 años de acuerdo a los requerimientos sociales; b) Con el trabajo personal que ejecutará en beneficio de la sociedad, atendido la experiencia que tiene en la administración de empresas, servicios que se avalúan en la suma de diez millones de pesos, que se tienen por enterados en dinero efectivo y en este acto; TRES) Gian Franco Romano Andreo, aporta la cantidad de veinte millones de pesos, correspondiente al cinco por ciento del capital social, de la siguiente forma: a) Con la suma de diez millones de pesos, que se enterará en dinero efectivo y/o utilidades o fondos provenientes de utilidades o de revalorizaciones legales en el plazo de 10 años de acuerdo a los requerimientos sociales; b) Con el trabajo personal que ejecutará en beneficio de la sociedad, atendido la experiencia que tiene en la administración de empresas, servicios que se avalúan en la suma de diez millones de pesos, que se tienen por enterados en dinero efectivo y en este acto; CUATRO) Catterina Ligia Romano Andreo, aporta la cantidad de veinte millones de pesos, correspondiente al cinco por ciento del capital social, de la siguiente forma: a) Con la suma de diez millones de pesos, que se enterará en dinero efectivo y/o utilidades o fondos provenientes de utilidades o de revalorizaciones legales en el plazo de 10 años de acuerdo a los requerimientos sociales; b) Con el trabajo personal que ejecutará en beneficio de la sociedad, atendido la experiencia que tiene en la administración de empresas, servicios que se avalúan en la suma de diez millones de pesos, que se tienen por enterados en dinero efectivo y en este acto; CINCO) Francesca Alessandra Romano Andreo, aporta la cantidad de veinte millones de pesos, correspondiente al cinco por ciento del capital social, de la siguiente forma: a) Con la suma de diez millones de pesos, que se enterará en dinero efectivo y/o utilidades o fondos provenientes de utilidades o de revalorizaciones legales en el plazo de 10 años de acuerdo a los requerimientos sociales; b) Con el trabajo personal que ejecutará en beneficio de la sociedad, atendido la experiencia que tiene en la administración de empresas, servicios que se avalúan en la suma de diez millones de pesos, que se tienen por enterados en dinero efectivo y en este acto. DURACION: Cinco años esta fecha, prorrogables automáticamente períodos iguales cinco años, forma pacto. DOMICILIO: Viña del Mar. Otras estipulaciones escritura extractada. Viña del Mar, 13 de Mayo de 2026.