MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

WORK CONSULTING GROUP LIMITADA

RUT 76453084-5 CVE 2810967
Fecha instrumento
6 de mayo de 2026
Notaría
La Reina

Instrumento

Fecha
6 de mayo de 2026
Repertorio
36503/2026
Notario
PABLO MARTINEZ LOAIZA
Oficio
Primera Notaria de La Reina
Comuna
La Reina

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTINEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número 5841, comuna de La Reina, Región Metropolitana, certifico que: por escritura pública hoy, ante mí bajo el repertorio N° 36.503/ 2026 : MARIO FRANCISCO LAGOS GARCÍA, cédula nacional de identidad N°10.361.554-2, doña MARISOL ÁNGELICA NAVARRETE SÁNCHEZ, cédula de identidad N°11.206.033-2 y doña MARÍA JOSE AHUMADA ARÁNGUIZ, cédula de identidad N°18.730.352-4, todos domiciliados en Malaga N°85, oficina S ciento treinta y uno, comuna de Las Condes, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en sus calidades de únicos socios de la sociedad de responsabilidad limitada “WORK CONSULTING GROUP LIMITADA”, RUT N°76.453.084-5, inscrita fojas 109.724, número 40.904 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces del año 2025, quienes modificaron la participación social por cesión de derechos efectuada por doña MARISOL ÁNGELICA NAVARRETE SÁNCHEZ a don MARIO FRANCISCO LAGOS GARCÍA, quedando la participación social de la siguientes manera: don Mario Francisco Lagos García: noventa por ciento (90%) de derechos sociales y doña María José Ahumada Aránguiz: diez por ciento (10%) de los derechos sociales. Conforme a la cesión de derechos efectuada don MARIO FRANCISCO LAGOS GARCÍA y doña MARÍA JOSE AHUMADA ARÁNGUIZ, en su calidades de únicos, actuales y exclusivos socios de la compañía acuerdan reemplazar el artículo Quinto de los estatutos de la sociedad por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de dos millones de pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) don MARIO FRANCISCO LAGOS GARCÍA, ya individualizado, aporta la cantidad de un millón ochocientos mil pesos, que corresponden al noventa por ciento del capital social, los que paga y entera de contado, en este acto y en dinero en efectivo y b) doña MARÍA JOSE AHUMADA ARÁNGUIZ, ya individualizada aporta la cantidad de doscientos mil pesos, que corresponden al diez por ciento del capital social, los que paga y entera de contado, en este acto y en dinero en efectivo. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 06 de mayo de 2026.-