CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Sociedad Médica CCG SpA

RUT 12592827-7 CVE 2810765
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
5 de mayo de 2026

Instrumento

Fecha
5 de mayo de 2026
Notario
Francisco Javier Muñoz Flores
Domicilio
y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica

Sociedad

Capital
$2.000 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Francisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, compareció doña CLAUDIA ANDREA ROBIN GONZALEZ, chilena, soltera, anestesióloga, RUT Nº 12.592.827-7, domiciliada en “Condominio Costanera Villarrica”, ubicado en Avenida Costanera Nº 2050, Dep. Nº 604 B de la ciudad y comuna de Villarrica; quien por escritura pública de esta fecha constituyó la compañía “SOCIEDAD MEDICA CCG SpA”, pudiendo usar asimismo en todas sus actuaciones incluso ante los bancos o instituciones financieras u organismos públicos o privados, el nombre de fantasía “CCG SpA.”, domiciliada en la comuna de Villarrica, cuyo objeto social será la sociedad tendrá por objeto: La sociedad tendrá por objeto: a.-) Prestar servicios profesionales médicos, generales y especializados y servicios de salud de todo tipo generales y especializados en atención médica, visita de pacientes a domicilio, atención a todo tipo de pacientes, atención y consultas médica a pacientes particulares, en convenio con empresas y otros organismos particulares, fiscales o de otra índole, ya sea en clínicas u hospitales, universidades, consultas propias o ajenas, la atención de enfermos, evaluación de tratamientos, investigación científica, clínica y académica; asesoría en el diseño, ejecución y análisis de estudios e investigaciones; b.-) La organización y realización de congresos, jornadas, conferencias, eventos académicos y actividades de extensión en actividades en el área de salud y educación; c) En general, podrá desarrollar todas aquellas actividades o negocios que digan relación y/o sean complemento de su giro y, que estén vinculados directamente o indirectamente con el giro referido; con un capital de $2.000.000 que se enteró mediante la suscripción y pago de 100 acciones de pago, ordinarias y sin valor nominal por la accionista constituyente al contado y en dinero efectivo. Demás estipulaciones escritura pública extractada. Villarrica, 05 de Mayo de 2026.