S Y L CONSTRUCTORA LIMITADA
Instrumento
- Notario
- JOSÉ AGUSTÍN DONOSO MUSIATE
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Duración
- la duración de la sociedad será de cinco años, renovable
Objeto social
El objeto de la sociedad será el estudio y ejecución de obras de todo tipo de obras de construcción, por cuenta propia o ajena, la realización de actividades de montaje, trabajos de edificación de obras civiles, instalaciones, montajes, reparaciones viales, ferroviarias, mineras, portuarias, obras hidráulicas, habitacionales, marítimas, de aeronavegación, la asesoría y consultoría en relación con la ejecución de las obras ya señaladas precedentemente y cualquier otra actividad análoga o complementaria a las anteriores, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social y que los socios decidan desarrollar, sin la que enunciación anterior sea taxativa
Administración
La administración y uso de la razón social será ejercida y corresponderá a don Roberto Antonio Solar Osadey y a don Claudio Patricio Leufuman Prado, quienes deberán actuar en forma conjunta para obligar a la sociedad, quienes podrá actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSÉ AGUSTÍN DONOSO MUSIATE, Abogado, Notario Público de Concepción, suplente del Titular de la agrupación de comunas de la jurisdicción de los Juzgados de Letras de Concepción, don Ramón García Carrasco, con domicilio en calle Rengo N° 444, Concepción, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha treinta de abril de 2026 repertorio numero 4314-2026, ante mi don Roberto Antonio Solar Osadey, Chileno, casado, Rut Nº 13.956.135-K, Inspector Técnico de Obras, y don Claudio Patricio Leufuman Prado, Chileno, Rut Nº 16.177.649-1, soltero, Supervisor en Montaje, ambos con domicilio en calle San Martín Nº 553, Oficina Nº 901, comuna de Concepción, y vienen en constituir una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Nombre: La razón social será “S Y L CONSTRUCTORA LIMITADA.” no obstante podrá usar el nombre de fantasía “SYL LIMITADA.”. Objeto: El objeto de la sociedad será el estudio y ejecución de obras de todo tipo de obras de construcción, por cuenta propia o ajena, la realización de actividades de montaje, trabajos de edificación de obras civiles, instalaciones, montajes, reparaciones viales, ferroviarias, mineras, portuarias, obras hidráulicas, habitacionales, marítimas, de aeronavegación, la asesoría y consultoría en relación con la ejecución de las obras ya señaladas precedentemente y cualquier otra actividad análoga o complementaria a las anteriores, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social y que los socios decidan desarrollar, sin la que enunciación anterior sea taxativa. Capital: $5.000.000.- (cinco millones de pesos millones de pesos), suscrito y que se dio por enterado y pagado en el acto de la constitución del pacto social, don Roberto Antonio Solar Osadey antes individualizado aportó la suma de dos millones quinientos mil pesos, que enteró y pago en ese acto en dinero efectivo que ingresó a la caja social, a completa satisfacción de la sociedad que se constituye, lo que equivale al 50% del capital social ; don Claudio Patricio Leufuman Prado aportó la suma de dos millones quinientos mil pesos , que enteró y pagó en este acto en dinero efectivo que ingresa a la caja social, a completa satisfacción de la sociedad que se constituye, lo que equivale al 50& del capital social. Duración: la duración de la sociedad será de cinco años, renovable. Administración: La administración y uso de la razón social será ejercida y corresponderá a don Roberto Antonio Solar Osadey y a don Claudio Patricio Leufuman Prado, quienes deberán actuar en forma conjunta para obligar a la sociedad, quienes podrá actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Concepción, mayo 11 de 2026.