Minera Newmont /Chile/ Limitada
Instrumento
- Fecha
- 15 de abril de 2026
- Repertorio
- 3026-2026
- Notario
- MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
- Oficio
- Quinta Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la Quinta Notaria de Santiago, domiciliada en Av. El Golf 99 of. 101 B, Las Condes, Santiago, certifica: Que por escritura pública otorgada con fecha 15 de abril de 2026, ante mí, bajo repertorio N°3026-2026, Alberto Cristián Prenafeta Villa, abogado, domiciliado en Avenida Apoquindo N° 3001, oficina 1001, piso 10, Las Condes, en representación de Newmont USA Limited y de Newmont Latin America Limited, ambas domiciliadas en 6900 E Layton Avenue, Suite 700, Denver Colorado, ocho cero dos tres siete, Estados Unidos de América y Gonzalo Eduardo Grez Jordán, abogado, en representación de Newcrest International PTY Ltd, ambos domiciliados en Avenida Andrés Bello 2711, piso 24, Las Condes, Santiago, todas las sociedades citadas únicas socias de Minera Newmont /Chile/ Limitada, inscrita a fs. 10229, N° 8.426, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1993, acordaron modificar su estatuto social de la siguiente forma: /Uno/ aumentar su actual capital social de 78.390.759,55 dólares de los Estados Unidos de América, en setecientos mil dólares de los Estados Unidos de América, para quedar en un nuevo capital social de 79.090.759,55 dólares de la misma moneda. Para lo cual se sustituye la actual cláusula quinta de los estatutos sociales por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de setenta y nueve millones noventa mil setecientos cincuenta y nueve dólares de los Estados Unidos de América con cincuenta y cinco centavos de dicha moneda, que se distribuye entre las socias de la siguiente forma: a) Newmont USA Limited, la cantidad de cuarenta y siete millones ochocientos sesenta y dos mil setecientos noventa y nueve dólares de los Estados Unidos de América con setenta y seis centavos de dicha moneda, equivalente a sesenta coma cinco uno seis tres por ciento de los derechos sociales; b) Newmont Latin America Limited la cantidad de cincuenta y cuatro mil novecientos cuatro dólares de los Estados Unidos de América con setenta y nueve centavos de dicha moneda, equivalente a cero coma cero seis nueve cuatro dos por ciento de los derechos sociales; y c) Newcrest International Pty Ltd la cantidad de treinta y un millones ciento setenta y tres mil cincuenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a treinta y nueve coma cuatro uno cuatro dos ocho por ciento de los derechos sociales.” “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad es la suma de setenta y nueve millones noventa mil setecientos cincuenta y nueve dólares de los Estados Unidos de América con cincuenta y cinco centavos de dicha moneda, se ha pagado por cada socio del siguiente modo: a) Newmont USA Limited, ha enterado y aportado en la caja social la cantidad de cuarenta y siete millones ochocientos sesenta dos mil setecientos noventa y nueve dólares de los Estados Unidos de América con setenta y seis centavos de la misma moneda, b) Newmont Latin America Limited, ha enterado y aportado en la caja social la cantidad de cincuenta y cuatro mil novecientos cuatro dólares de los Estados Unidos de América con setenta y nueve centavos de la misma moneda, y c) Newcrest International Pty Ltd., ha enterado y aportado en la caja social la cantidad de treinta y un millones ciento setenta y tres mil cincuenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América.” En lo no modificado por el texto de la cláusula quinta que se reemplaza, el estatuto se mantiene en iguales términos.- Demás estipulaciones en la escritura extractada. El presente extracto se inscribirá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 354 de Código de Comercio. Santiago, 11 de mayo de 2026. Magdalena Sofia Latorre Larraín. Notario Público Interino.-