MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

JANSSEN HOLDING SpA

RUT 76629962-8 CVE 2810766
Capital
$12.996.400.874 CLP
Fecha instrumento
5 de mayo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de mayo de 2026
Repertorio
10138/2026
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
8° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$12.996.400.874 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la 8° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 5 de mayo de 2026, otorgada ante mí, bajo el Repertorio N° 10.138/2026, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “JANSSEN HOLDING SpA”, Rol Único Tributario N° 76.629.962-8, sociedad inscrita a fojas 112.469, número 45.364 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2024 (en adelante, la “Sociedad”), celebrada con fecha 9 de diciembre de 2025, en la que se acordó, entre otras materias: Uno) Aumentar el capital de la Sociedad, desde la suma de $12.996.400.874.- dividido en 290.407 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas a esta fecha, a la cantidad de $14.996.456.309.- dividido en 305.300 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; mediante la emisión de 14.893 nuevas acciones, equivalentes a la cantidad de $2.000.055.435.-, las que serán suscritas de la siguiente forma: (a) Compañía de Inversiones Tecmart Limitada, 7.446 acciones; (b) Asesorías e Inversiones JJL SpA, 3.351 acciones; (c) Inversiones AVM e Hijos Limitada, 2.234 acciones; (d) De los Reyes Inversiones Limitada, 1.117 acciones; y (e) 39 Sur SpA, 745 acciones. Dos) Aumentar el capital de la Sociedad, desde la suma de $14.996.456.309.- dividido en 305.300 acciones nominativas, a la cantidad de $17.088.082.419.- dividido en 318.754 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; mediante la emisión de 13.454 nuevas acciones, equivalentes a la cantidad de $2.091.626.110.-, las que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de 3 años contados desde el 9 de julio de 2025. De las nuevas acciones: (a) Compañía de Inversiones Tecmart Limitada suscribirá 6.432 acciones; (b) Inversiones AVM e Hijos Limitada suscribirá 1.930 acciones; y (c) las restantes 5.092 acciones serán ofrecidas a los accionistas de la Sociedad o a terceros, en la medida que la Sociedad lo requiera. Como consecuencia de lo anterior, el capital de la Sociedad asciende a la suma de $17.088.082.419.- dividido en 318.754 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, del cual: (i) $12.996.400.874.- equivalente a 290.407 acciones, se encuentra íntegramente suscrito y pagado; (ii) $2.000.055.435.- equivalente a 14.893 acciones, deberá ser suscrito y pagado dentro del plazo de 1 año contado desde el 9 de julio de 2025; y (iii) $2.091.626.110.- equivalente a 13.454 acciones, deberá ser suscrito y pagado dentro del plazo de 3 años contados desde el 9 de julio de 2025. Tres) Como consecuencia de los aumentos de capital, se sustituyeron los Artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales, que se reproducen a continuación: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a diecisiete mil ochenta y ocho millones ochenta y dos mil cuatrocientos diecinueve pesos dividido en trescientos dieciocho mil setecientos cincuenta y cuatro acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital social podrá ser aumentado o disminuido mediante acuerdo de la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto. El plazo para enterar los aumentos de capital será, salvo acuerdo contrario, de cinco años contados desde la fecha del aumento respectivo. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de estas podrá ser enterado en dinero efectivo o en otros bienes. Cuando la junta de accionistas de la sociedad acuerde aumentar el capital de la misma, no será necesario que previamente se capitalicen las reservas sociales provenientes de utilidades y revalorizaciones legales. No será necesario expresar el valor unitario de las acciones de pago que se emitan en virtud del aumento de capital. Asimismo, se permite que las disminuciones de capital no sean efectuadas a prorrata de las participaciones de los accionistas, excluyéndose expresamente la aplicación del artículo cincuenta y uno del Reglamento de la Ley de Sociedades Anónimas. Así, los accionistas podrán concurrir a las disminuciones de capital en la forma y proporciones que libremente determinen.” “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de diecisiete mil ochenta y ocho millones ochenta y dos mil cuatrocientos diecinueve pesos dividido en trescientos dieciocho mil setecientos cincuenta y cuatro acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal de las cuales: (i) doscientos noventa mil cuatrocientos siete acciones, equivalentes a doce mil novecientos noventa y seis millones cuatrocientos mil ochocientos setenta y cuatro pesos, se encuentran íntegramente suscritas y pagadas; (ii) catorce mil ochocientos noventa y tres acciones, equivalentes a dos mil millones cincuenta y cinco mil cuatrocientos treinta y cinco pesos, las que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de un año contado desde el nueve de julio de dos mil veinticinco; y (iii) trece mil cuatrocientos cincuenta y cuatro acciones, equivalentes a dos mil noventa y un millones seiscientos veintiséis mil ciento diez pesos, las que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de tres años contado desde el nueve de julio de dos mil veinticinco.” Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 8 de mayo de 2026.