CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVESTMENT GALLEGOS DÍAZ CORP LIMITADA

CVE 2811149
Capital
$2.050.000 CLP
Fecha instrumento
8 de mayo de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
8 de mayo de 2026
Repertorio
7569-2026
Notario
EDUARDO DIEZ MORELLO
Oficio
34° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.050.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
El plazo de duración de la sociedad será de diez años a contar de la fecha de la presente escritura pública, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, mientras ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente. (v)

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a don MARCELO ALEJANDRO GALLEGOS MARTÍNEZ, quien, anteponiendo su firma al nombre o razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359 comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 08 de mayo de 2026, bajo el repertorio N°7569-2026 ante mí, don MARCELO ALEJANDRO GALLEGOS MARTÍNEZ, y doña CAROLINA RAQUEL DÍAZ BRAVO, ambos domiciliados en Camino Los Cóndores N° 1.180, comuna de Lo Barnechea, RM, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada. (i) Razón social: "INVESTMENT GALLEGOS DÍAZ CORP LIMITADA". (ii) Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. (iii) Objeto: La sociedad tendrá por objeto: (a) La inversión civil en cualquier forma y a cualquier título en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles; y (b) Todas las demás operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto. En ningún caso, podrá la sociedad llevar a cabo negocios u operaciones que constituyan actos de comercio en conformidad a la ley. (iv) Duración: El plazo de duración de la sociedad será de diez años a contar de la fecha de la presente escritura pública, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, mientras ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente. (v) Capital: El capital social asciende a la suma de $2.050.000.-, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: A) don MARCELO ALEJANDRO GALLEGOS MARTÍNEZ, aporta la suma de $2.029.500.-, que representa el 99% de los derechos sociales, que paga íntegramente en este acto, de la siguiente forma: Uno. Diez acciones de la sociedad INVERSIONES MAGAL SpA, avaluadas de común acuerdo por los socios en la suma de $1.000.000.-; Dos. Diez acciones de la sociedad PHARMA PRO SpA, avaluadas de común acuerdo por los socios en la suma de $1.000.000.-, y; Tres. con la suma de $29.500.-, en dinero efectivo y al contado, ingresándolo a caja social; B) CAROLINA RAQUEL DÍAZ BRAVO, aporta la suma de $20.500.- que representa el 1% de los derechos sociales, que aporta y paga en este acto, en dinero efectivo y al contado, ingresándolo a caja social. (vi) Administración: El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a don MARCELO ALEJANDRO GALLEGOS MARTÍNEZ, quien, anteponiendo su firma al nombre o razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 8 de mayo de 2026.