Inversiones Puelo Alto SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de abril de 2026
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- La sociedad rige desde fecha de su constitución y hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil treinta y uno, plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por nuevos períodos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su intención de poner término a la sociedad a la expiración de cualquiera de esos períodos, manifestación que deberá constar por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación no inferior a seis meses al término del período correspondiente
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto efectuar todo y cualquier tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo transacciones e inversiones en acciones, derechos, créditos, participaciones sociales, bonos y debentures, efectos de comercio, toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, y cualesquiera otros; y, en general, realizar toda otra actividad lícita afín o relacionada, directa o indirectamente, con las antes señaladas
Administración
La administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Fernando Villasante Vadillo, quien la representará y administrará con las más amplias facultades de administración y disposición
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Notario Público Titular de la 45ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 222, piso 11, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública de fecha 10 de abril de 2026, bajo el repertorio número 8.586- 2026, ante mí, don Fernando Villasante Vadillo y doña María Florencia Correa Brinkmann, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa número mil ochocientos veintidós, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; en sus calidades de actuales y únicos accionistas en virtud del Registro de Accionistas que se tuvo a la vista de “Inversiones Puelo Alto SpA”, cuyo extracto de constitución se encuentra inscrito a fojas 17.429, número 6.586 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2025, en adelante la “Sociedad”, acordaron transformarla de una sociedad por acciones a una sociedad de responsabilidad limitada, por cuyo motivo la Sociedad pasará a regirse por las disposiciones de la Ley 3.918 y por las que resulten aplicables del Código de Comercio y Código Civil, en subsidio de los estatutos que se expresan a continuación: Socios: /A/ don Fernando Villasante Vadillo, cédula de identidad número diecisiete millones novecientos cincuenta y nueve mil setecientos guion cuatro; y /B/ doña María Florencia Correa Brinkmann, cédula de identidad número dieciocho millones trescientos noventa y un mil doscientos setenta y cuatro guion siete, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa número mil ochocientos veintidós, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana. Razón Social: El nombre o razón social de la Sociedad será “Inversiones Puelo Alto Limitada”. Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive en sus relaciones con los bancos y terceros bajo el nombre de fantasía “Puelo Alto Ltda.”. Administración: La administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Fernando Villasante Vadillo, quien la representará y administrará con las más amplias facultades de administración y disposición. Capital: El capital social asciende a la suma de ciento dieciocho millones doscientos ochenta y siete mil setecientos treinta y nueve pesos, el cual se aporta de la siguiente manera: /A/ don Fernando Villasante Vadillo aportó, con anterioridad a este acto, la suma de quince millones setecientos ochenta y siete mil setecientos treinta y nueve pesos; y /B/ doña María Florencia Correa Brinkmann aportó, con anterioridad a este acto, la suma de ciento dos millones quinientos mil pesos. Objeto: La sociedad tendrá por objeto efectuar todo y cualquier tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo transacciones e inversiones en acciones, derechos, créditos, participaciones sociales, bonos y debentures, efectos de comercio, toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, y cualesquiera otros; y, en general, realizar toda otra actividad lícita afín o relacionada, directa o indirectamente, con las antes señaladas. Duración: La sociedad rige desde fecha de su constitución y hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil treinta y uno, plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por nuevos períodos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su intención de poner término a la sociedad a la expiración de cualquiera de esos períodos, manifestación que deberá constar por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación no inferior a seis meses al término del período correspondiente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 07 de mayo de 2026.