CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones GVV SpA

CVE 2811023
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
12 de mayo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de mayo de 2026
Repertorio
10531-2026
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: (i) la realización y administración de inversiones, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, en especial, derechos en sociedades, acciones, bonos, debentures y valores mobiliarios en general, la percepción de sus frutos, y la administración de dichos bienes; y (ii) la realización de inversiones y cualquier tipo de actividades civiles o comerciales relacionados con los ya mencionados o que acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº941, local 302, Santiago, certifico que, mediante escritura pública otorgada ante mí, con fecha 12 de mayo de 2026, repertorio N°10.531-2026, Inversiones Santa Teresita Dos Limitada y Gerardo Valdés Domínguez constituyeron una sociedad por acciones (“Sociedad”), de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: El nombre de la Sociedad será “Inversiones GVV SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales la abreviación o el nombre de fantasía “Inversiones GVV”. Objeto: El objeto de la Sociedad será: (i) la realización y administración de inversiones, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, en especial, derechos en sociedades, acciones, bonos, debentures y valores mobiliarios en general, la percepción de sus frutos, y la administración de dichos bienes; y (ii) la realización de inversiones y cualquier tipo de actividades civiles o comerciales relacionados con los ya mencionados o que acuerden los accionistas. Capital: El capital social es la cantidad de $5.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en el acto de la constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura citada para su legalización. Santiago, 12 de mayo de 2026. Luis Ignacio Manquehual Mery. Notario Titular.